ESPECIAL
Por Javier Diez Canseco
Los 60 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos coinciden con la entrada en vigencia de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Aprobada en Asamblea General el 13 de diciembre del 2006, la convención es el primer tratado importante de derechos humanos del siglo XXI, más allá del difÃcil escenario internacional en lo que respecta a este tema y el resquebrajamiento de las instituciones surgidas luego de la Segunda Guerra Mundial.
Hasta el 2006, al aprobarse la convención, solo 45 paÃses --de los 192 Estados que integran las Naciones Unidas-- tenÃan legislación sobre personas con discapacidad (PCD). Entró en vigor el 3 de mayo pasado, ratificada ahora por 40 paÃses (requerÃa 20), mientras 29 ratificaron su Protocolo Facultativo. Ahora, los Estados --como el Perú-- deben adecuar su legislación y polÃticas públicas a lo establecido en estos instrumentos internacionales.
La convención sobre los derechos de las PCD da un giro al enfoque del tema. Lo ubica en el marco de los derechos humanos: universales, indivisibles, interdependientes e interrelacionados. Establece que las PCD son sujetos plenos de ellos: de la Declaración Universal, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el de Derechos Civiles y PolÃticos, las Convenciones contra la Discriminación de la Mujer, contra la Tortura, o por los Derechos del Niño. AsÃ, retira la discapacidad del campo de la "lástima" o "caridad" mal entendida; rechaza que discapacidad sea incapacidad, y lo plantea como un tema de derechos, oportunidades y desarrollo de capacidades e instrumentos para personas "diferentes". Es, pues, un tema de desarrollo social y construcción de una sociedad democrática, inclusiva, que respeta la diversidad. Y con soluciones en que intervienen el Estado, la familia y la sociedad en su conjunto, con la imprescindible participación de las organizaciones de las PCD y sus familiares.
La Convención, producto de un largo batallar en la escena pública, nacional e internacional, constituye una gran victoria de la igualdad de derechos y oportunidades, contra la discriminación de grupos poblacionales vulnerables que representan 10% de la población mundial y hasta un porcentaje mayor en los paÃses pobres. Su situación no solo es un tema ético. Es económico, social y polÃtico, hace a la construcción de una sociedad inclusiva y justa, que potencie y desarrolle todas sus posibilidades e integrantes. Los 50 artÃculos de la convención sustentan los derechos civiles y polÃticos de las PCD, desde la accesibilidad (no solo fÃsica, sino a los servicios y las comunicaciones) hasta la participación y la inclusión integral. Obliga al Estado y la sociedad a garantizar su acceso a la educación, la salud, el trabajo, la seguridad social, el deporte, la cultura y la diversión, con polÃticas públicas transversales, personal apto y capacitado, instrumentos y ayudas idóneos, fondos y recursos asignados. Y con la activa participación en el diseño, implementación y control de las polÃticas por parte de las PCD y sus organizaciones.
El Perú carece hasta de estadÃsticas confiables en esta materia --las cifras varÃan desde 31% del 1993 (OPS) hasta el 8,7% del censo del 2005 o el 10,9% de la encuesta de hogares del 2007--. Requerimos adaptar la legislación y, sobre todo, las polÃticas públicas y asignar recursos presupuestales para hacer realidad los compromisos adquiridos al ratificar la convención de la ONU. Llevar a la práctica estos instrumentos exige un nuevo programa de igualdad de oportunidades para las PCD, elaborado con ellas y efectivamente financiado, asà como de un Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) que tenga asiento real en el Consejo de Ministros para discutir los temas pertinentes. Que la Convención no sea papel mojado en tinta es el gran reto del 2009.