Por Mario Mejía / Luis García
Cuando todo parecía indicar que la conductora de televisión Magaly Medina Vela y su productor Ney Guerrero iban a recibir el Año Nuevo tras las rejas, sucedió lo que ellos y sus seguidores esperaban: salieron en libertad tras permanecer 76 días en prisión.
Tras doce días, la Tercera Sala Penal para Reos en Cárcel emitió el fallo que resolvió la apelación contra la sentencia que en primera instancia había condenado a la periodista a cinco meses de cárcel efectiva y a Ney Guerrero a tres.
En el caso de Magaly Medina, si bien recuperó su libertad, esta no significa una victoria como lo ha querido pintar su abogado César Nakazaki --quien ayer, tras varios días de silencio, se mostró triunfante ante las cámaras de televisión--, pues la resolución judicial no le da la razón a la conductora, sino todo lo contrario.
La tercera sala no solo ha ratificado las conclusiones de la jueza María Teresa Cabrera del Juzgado Penal 27 de Lima, quien la encontró culpable del delito de difamación agravada, sino que aumentó la pena a dos años de prisión. Lo novedoso, claro está --según se especifica en la resolución--, es que dicha pena se deberá cumplir no de manera efectiva sino suspendida, por un período de prueba de un año. Nakazaki ha adelantado que apelará ante la Corte Suprema.
Sin embargo, haber obtenido la libertad ha sido más que suficiente para Medina quien, según amigos cercanos, estaba deprimida y no soportaba un día más en el pabellón de prevención del penal de mujeres de Chorrillos. Durante su accidentada salida del penal, en medio de los empujones y gritos de los periodistas, lució emocionada y muy contenta. Ya en las instalaciones de ATV dijo "estoy feliz, nunca me he quebrado, quiero estar con mi familia, gracias a todos".
Tras la algarabía y la celebración, ahora la periodista está obligada a cumplir una serie de reglas de conducta. No podrá ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juez, ante quien debe comparecer cada fin de mes para dar cuenta de sus actividades y "no volver a cometer delito doloso durante su período de prueba, bajo apercibimiento de revocar la medida de suspensión de la efectividad de la pena por incumplimiento de alguna de estas reglas en el plazo fijado".
DEBERÁ RECTIFICARSE
La resolución, además, precisa que Magaly Medina "está obligada a rectificar públicamente por los mismos medios y en el mismo número de veces en que difundió las noticias difamatorias, difundiendo los términos resolutivos de la presente sentencia". Eso tendría que hacerlo en el plazo de diez días después de pronunciada la sentencia, pero una vez que esta quede consentida. En ese mismo plazo, como lo especifica la resolución, deberá pagar la reparación civil que aumentó de S/.80 mil a S/.100 mil.
Según se supo por fuentes judiciales, a los tres vocales de la Tercera Sala no les fue nada fácil acordar el fallo final. Hubo amplia discusión. Finalmente en la noche del martes, tras un amplio y acalorado debate, se llegó a un acuerdo por mayoría. Con los votos de los vocales Mariella Rodríguez Vega y Arturo Zapata Carbajal se acordó la condena a Magaly Medina, en tanto que el presidente de la sala, Carlos Alarcón del Portal, habría propuesto que se anulara la sentencia. Este magistrado recién firmó la resolución ayer por la mañana. Sus colegas lo habían hecho anteanoche.
Según funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) la liberación de Medina y Guerrero tardó más horas de lo previsto por culpa del mismo Nakazaki. Se supo que este formuló en la mañana una queja ante la OCMA porque, según él, la Tercera Sala Penal demoraba la expedición de la libertad de sus clientes. La intervención de la OCMA en la citada sala para averiguar si eso era cierto hizo que la resolución recién llegara al INPE cerca de la una de la tarde, por lo cual la resolución de salida recién se pudo emitir a las 4:30 p.m.
CRONOLOGÍA
4El proceso paso a paso
[16/10/2008]
Magaly Medina es sentenciada a 5 meses de prisión y ese mismo día ingresa al penal.
[20/10/2008]
El abogado César Nakazaki presenta ante el Cuarto Juzgado Penal un hábeas corpus a favor de su defendida
[30/10/2008]
La jueza Olga Contreras declara improcedente el hábeas corpus solicitado por la periodista.
[06/11/2008]
La Tercera Sala Penal para Reos en Cárcel declara fundado el recurso de queja interpuesto por el abogado Nakazaki contra la resolución de la jueza Cabrera.
[25/11/2008]
La Tercera Sala Penal para Reos en Cárcel ratifica la improcedencia del hábeas corpus.
[10/12/2008]
El presidente Alan García se refiere al caso de Magaly Medina y señala que son suficientes los dos meses de reclusión.
[26/12/2008]
El Instituto Prensa y Sociedad denuncia ante la Odicma a la jueza que condenó a Medina.
ENFOQUE
Libre pero culpable*
Los vocales que recibieron la papa caliente no han dado la razón a nadie sino a todos. Magaly sale libre para contento de tantos peruanos que la tienen por personaje del año (encuesta de la PUCP) y para aplacar comprensibles temores de la prensa responsable frente a efectos ulteriores de este caso, pero se le aumenta la pena suspendida y la reparación, para no desairar la sentencia de la jueza Raquel Cabrera. Esta se puso pico a pico con la 'Urraca' en nombre de un PJ burlado por la farándula: tal es la percepción gremial de una colega que los vocales no quieren desacreditar. Pero sí le acusaron un exceso y absolvieron a Ney Guerrero.
Aunque lo parezca, esto no es un 'ampay me salvo' para Medina. Si su defensa no apela esta sentencia, asume su culpabilidad y nos deberá el espectáculo de su mea culpa y consiguiente moderación, aunque así traicione su autoproclamada infalibilidad. Si apela, como ha declarado su abogado César Nakazaki con no mucha convicción, y vuelve a la pantalla tan pronto como lo anhela ATV (a pesar de que unas vacaciones suenan a receta médica imperiosa), enervará más de lo que ya estaba ese ritual nocturno que hizo fracasar la autorregulación de la TV frente al derecho al honor y la privacidad. Y otra vez, su límite será impuesto por decisión judicial.
* Fernando Vivas. Periodista