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"Morales Bermúdez no puede ser enjuiciado por caso de derechos humanos"

13:49 |

El especialista en derecho internacional Fernán Altuve precisó hoy que el ex mandatario peruano Francisco Morales Bermúdez solo puede ser procesado, en caso prospere la solicitud de extradición de la justicia italiana, por los delitos de secuestro y homicidio y no por violaciones a los derechos humanos.

Como se sabe, la jueza de Roma Luisianna Figliolia ordenó ayer la detención del ex presidente de facto y de su ex primer ministro Pedro Richter Prada, por estar involucrados en la desaparición de ciudadanos italianos en 1980, en el marco de la "Operación Cóndor".

En diálogo con elcomercio.com.pe, Altuve precisó que nuestro país recién reconoció en el 2001, a través del Estatuto de Roma, que los delitos contra los derechos humanos son imprescriptibles.

Agregó que de acuerdo al Código Penal de 1924, vigente en el momento que ocurrió los hechos descritos, solo se encuentran tipificados los delitos de rapto y homicidio, en tanto que el concepto de desaparición forzada de personas recién se incluyó en el año 1991.

No obstante, para Altuve el pedido de los tribunales italianos resulta "un abuso de las normas y al respeto del principio de la soberanía", pues adujo que la nación italiana no permite la extradición de sus ciudadanos, mientras que el Perú si lo admite.

Además, sostuvo que "se debe realizar una contienda de competencias", para determinar si Morales Bermúdez es procesado por la justicia peruana o italiana, en vista que no se sabe a ciencia cierta donde ocurrieron los hechos.

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