12:05 | Esto es un avance importante respecto al derecho de las personas a la seguridad social pública
Las personas que convivan y queden viudas tendrán derecho a una pensión. El Tribunal Constitucional reconoció la pensión por viudez en el caso de convivencia o uniones de hecho, esto es un avance importante respecto al derecho de las personas a la seguridad social pública en el país.
El magistrado del TC, Gerardo Eto Cruz explicó que la decisión se adapta a la Constitución Política de 1993, que otorga reconocimiento constitucional y legal a los convivientes.
Dijo que el Decreto Ley Nº 19990 del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) es una norma desarrollada al amparo de la Constitución de 1993, que no recoge el reconocimiento legal que posteriormente otorgan las Cartas Magnas de 1979 y 1993, por lo que se dejaba al conviviente sobreviviente en una situación de desamparo.
El TC esta subsanando ese vacío, sostuvo Eto Cruz, por ello desarrolla a nivel jurisprudencial la creación de normas para reconocer a las uniones de hecho con el mismo derecho que tendría la viuda o cónyuge del asegurado.
Este reconocimiento de la pensión de viudez entre convivientes solo corresponde al régimen público, pues dicha prerrogativa para las uniones de hecho fue recogida oportunamente por el Sistema Privado de Pensiones, en cuya legislación se precisa que el cónyuge o concubino tiene derecho a pensión de sobrevivencia, dijo Eto Cruz.
La declaración jurisdiccional de unión de hecho, sustituye la partida de matrimonio, informó. El conviviente adquiere todos los derechos que como cónyuge le corresponde.