FPF rechaza multa de Indecopi por supuesta sobreventa de entradas
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La Federación aseguró que para el partido entre Perú y Colombia se vendieron una cantidad de boletos menor al aforo del Monumental
La Federación Peruana de Fútbol (FPF) rechazó la multa de 70 UITs impuesta por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) asegurando, a través de un comunicado, que el partido del 18 de septiembre ante Colombia no tuvo intensión de lucro y que todos los fondos obtenidos durante el mismo fueron derivados para los damnificados en el Sur del país por el terremoto del pasado 15 de agosto.
En la referida nota de prensa, la FPF afirma que no hubo una sobreventa, ya que la empresa responsable de la comercialización de boletos vendió un total de 50,331 entradas, cantidad menor al aforo del estadio Monumental, 60 mil espectadores, tal cual lo certifica el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).
Asimismo, la federación asegura apenas se inició el cotejo entre Perú y Colombia, la Policía Nacional del Perú (PNP) y el Fiscal de Prevención del Delito, en representación del Ministerio Publico, dieron la orden de cerrar las puertas del estadio y no permitir el ingreso de más espectadores, aduciendo que una gran cantidad de público trataba de ingresar al estadio sin el control respectivo.
El 25 de marzo del 2008, la FPF recibió la Resolución Nº 497-2008/CPC, emitida por la Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi A-documento fechado el 19 de marzo del 2008-, mediante la cual se le notificaba que se le sancionaba por una supuesta infracción a las Normas de Protección al Consumidor, y se le imponía una multa de 70 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), exigiéndole la devolución del valor de las entradas a los afectados.
FPF recalcó en su comunicado que no ha transgredido disposición legal alguna en la organización del encuentro deportivo benéfico entre las selecciones de Perú y Colombia, por lo que el día de hoy se ha solicitado a INDECOPI que se revoque la Resolución y deje sin efecto la multa y demás sanciones impuestas contra la FPF.