21:09 | Otros 12 legisladores fueron absueltos, entre ellos Víctor Joy Way, Luz Salgado y Carmen Lozada
La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia, condenó el martes a un grupo de ex congresistas conocidos como "tránsfugas", quienes a cambio de diversas sumas de dinero, abandonaron los movimientos políticos por los que fueron elegidos en las elecciones generales del 2000 para integrarse a la bancada parlamentaria de la alianza Perú 2000, que lideraba el ex presidente Alberto Fujimori.
El Colegiado conformado por los Vocales Supremos doctores Hugo Molina Ordóñez (Presidente), Jorge Calderón Castillo (ponente) y Guillermo Urbina Ganvini impuso una condena de cuatro años de prisión suspendida a los ex legisladores Antonio Palomo Orefice, Gregorio Ticona Gómez, Waldo Ríos Salcedo y Róger Cáceres Pérez.
El Tribunal acreditó su responsabilidad penal en los delitos de cohecho pasivo impropio y receptación en agravio del Estado, a través de documentos con su firma y huella digital que prueban que recibieron diversas sumas de dinero de las partidas del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN).
El colegiado además les impuso el pago de una reparación civil solidaria a favor del Estado por un monto ascendente a 100.000 soles, 90 días multa al Tesoro Público y los inhabilitó a ocupar cualquier cargo público por tres años.
El Vocal Supremo doctor Hugo Molina Ordóñez emitió un voto singular para que los cuatro condenados sean absueltos del delito de receptación en agravio del Estado.
La Sala asimismo absolvió por falta de pruebas a los ex parlamentarios Rubí Rodríguez de Aguilar, María del Milagro Huamán Lu, Juan Carlos Miguel Mendoza del Solar, Jorge D'Acunha Cuervas, José Luis Elías Avalos, Jorge Polack Merel, Guido Pennano Allison, José León Luna Gálvez y Edilberto Canales Pillaca, quienes también habían sido acusados por el Ministerio Público por los delitos de cohecho pasivo impropio y receptación.
Igualmente, fueron absueltos Víctor Joy Way Rojas, Luz Salgado Rubianes y María del Carmen Lozada de Gamboa de la acusación por el delito de receptación en agravio del Estado.
Los condenados Róger Cáceres Pérez y Waldo Ríos Salcedo se reservaron el derecho de impugnar el fallo mientras que Gregorio Ticona Gómez y Antonio Palomo Orefice interpusieron un recurso de nulidad. El representante del Ministerio Público expresó su disconformidad con la sentencia y anunció que interpondrá un recurso de apelación.