10:46 | El proyecto legislativo planteado por el congresista de la República también regula el cese de los directivos que muestren notoria y reiterada actuación deficiente
El congresista Yonhy Lescano (AP) presentó un proyecto legislativo que intenta reestructurar el balompié introduciendo cambios que busquen un deporte más competitivo y de alto rendimiento. Es así que la propuesta legislativa plantea que los clubes de fútbol profesional se constituyan obligatoriamente como Sociedades Anónimas Abiertas de Fútbol Profesional (SAAFP) para captar mayores inversiones.
Un detalle de la iniciativa congresal radica en que busca evitar la concentración de propiedad en los clubes con el fin de evitar, tal como se ha visto, los malos manejos. Por ello, queda prohibido tener más del 5% del total de acciones.
Así mismo, el parlamentario señaló que la presente ley señala explícitamente que los directivos de la Federación Peruana de Fútbol (FPF) cesarán en sus cargos de producirse una notoria y reiterada deficiencia en su desempeño como tales. En el proyecto del legislador Lescano se precisa como actuación deficiente aquella en la que se pierde partidos consecutivos en cualquiera de las categorías de las selecciones nacionales de fútbol, en los torneos, competencias, campeonatos, copas o compromisos de ámbito nacional o internacional, incluidos los compromisos de preparación o los juegos amistosos.
Otra característica importante es que se dispone que estas nuevas sociedades anónimas cuenten con un fondo especial para la financiación de los semilleros. Los cuales deben salir de su propia actividad y se verán favorecidos con nuevas generaciones de futbolistas profesionales con niveles adecuados.
Finalmente Lescano señaló: "Los clubes deportivos se dedican íntegramente al equipo de mayores y sin lograr buenos resultados, y restan importancia a las categorías menores". Agregó que, por ello, se propone que las SAAFP cuenten con divisiones menores financiadas mediante la creación de un fondo a cargo de cada SAAFP, mediante el aporte del 5 % de sus utilidades netas anuales antes de impuestos.