18:36 | También se dispuso que se subsane los defectos de la investigación por prácticas de dumping en las importaciones de cemento Pórtland blanco
(Andina).- La Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Indecopi declaró hoy la nulidad de la resolución publicada el 10 de mayo del 2007 en la que se impuso derechos de antidumping definitivos a las importaciones de cemento tipo Pórtland blanco originarias de México.
Además dispuso que la Comisión de Dumping y Subsidios del Indecopi subsane los defectos de la investigación por prácticas de dumping en las importaciones de cemento Pórtland blanco, originario de México y producido por la empresa mexicana Cemex.
El pasado 19 de junio del 2006, la Compañía Minera Agregados Calcáreos (Comacsa) solicitó a la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios el inicio de una investigación por prácticas de dumping en las importaciones de cementos blanco pórtland de Cemex.
Posteriormente en agosto de 2006, la comisión dispuso el inicio del procedimiento de investigación, considerando como período de análisis para la determinación de la práctica de dumping los meses de enero a junio del 2006 y como período para la determinación de la existencia del daño de enero del 2003 a junio del 2006.
Mientras que en marzo del 2007, la Comisión aprobó el informe que encontraba un margen de dumping en las importaciones de cementos de Pórtland blanco de México ascendente a 67.3 por ciento.
Las ventas de Comacsa en el mercado nacional se incrementaron en 101 por ciento durante el período comprendido entre el primer semestre del 2003 y el primer semestre de 2006.
Sin embargo, el informe señala que durante ese período las importaciones de cemento blando de Cemex crecieron a un ritmo mayor.
En ese sentido, se concluye que los precios de las importaciones mexicanas han impedido que las ventas del productor nacional aumenten de manera proporcional al crecimiento del mercado interno, generando pérdidas en la rama de producción nacional.
Por ello se recomendó la aplicación de derechos antidumping definitivos a las importaciones de cemento pórtland blanco originarias de México, lo cual se concretó en la resolución N° 034-2007 del Indecopi.
Pero el 27 de junio del 2007, Cemex apeló la resolución y argumentó, entre otras cosas, que la solicitud de Comacsa tiene por objeto mantener su posición monopólica frente a las importaciones competidoras, siendo que la línea de cemento blanco sólo representa aproximadamente el cinco por ciento de sus ventas totales, de lo que no depende su supervivencia en el mercado.
El 21 de agosto del 2007, Comacsa absolvió el traslado de apelación y reiteró sus argumentos expuestos ante la Comisión del Indecopi, mientras que el 13 de febrero del 2008, Cemex presentó un peritaje económico elaborado por Maximixe que sustenta la inexistencia de daño en la rama de producción nacional por las importaciones de cementos de México.