17:05 | Esta vez la Tercera Sala Penal para Reos en Cárcel ratificó el fallo que declara improcedente el recurso de hábeas corpus presentado por la defensa de la periodista
La Tercera Sala Penal para Reos en Cárcel, presidido por el vocal Julián Jerí, declaró improcedente la acción de hábeas corpus que interpuso la defensa legal de la conductora de TV Magaly Medina y su productor Ney Guerrero para dejar sin efecto sus condenas de 5 meses y 3 meses de prisión efectiva, respectivamente, por el delito de difamación.
La sala superior confirmó así el fallo de la titular del Cuarto Juzgado Penal de Lima Olga Contreras, quien declaró improcedente dicho recurso presentado por César Nakazaki al establecer que no se recortó el derecho a la defensa durante el proceso penal.
Asimismo, la Tercera Sala Penal para Reos en Cárcel tiene previsto evaluar mañana la apelación interpuesta a esta misma condena, así como el recurso contra la decisión de la jueza María Teresa Cabrera de no aceptar lo testimonios de los periodistas Jaime Bayly y Efraín Trelles.