14:28 |El Ejecutivo publicó hoy el decreto que determina cómo se otorgará la ayuda a los afectados por el terremoto del 15 de agosto
(Andina).- El Ejecutivo estableció hoy el procedimiento para otorgar ayuda económica social, denominada "subvención por pérdidas materiales", para la población damnificada por el sismo del 15 de agosto.
De esta manera, se busca aliviar el efecto de la destrucción total de las viviendas a consecuencia de dicho movimiento telúrico en las zonas declaradas en emergencia a consecuencia del citado sismo.
El procedimiento, consignado en el Decreto Supremo Nº 091-2007-PCM, establece que para acceder a dicha subvención el jefe de hogar de cada vivienda, podrá ser propietario o poseedor de la vivienda, cuya condición de destrucción será verificada por el Comité Distrital de Defensa Civil.
Corresponderá a dicho comité efectuar el registro de jefes de hogares que puedan recibir la mencionada subvención y entregar la Constancia de Damnificado Beneficiario - Declaración Jurada, a los jefes de hogares que formen parte del citado registro.
El jefe de hogar podrá elegir y señalar en la mencionada constancia si opta por vincularse a alguno de los programas de vivienda promovidos por el Estado disponibles en las zonas afectadas por el sismo, o si en cambio opta por no vincularse a alguno de los programas de vivienda promovidos por el Estado a través de la Tarjeta del Banco de Materiales (Banmat).
El reglamento detalla que el jefe de hogar recibirá la subvención por pérdidas materiales con vinculación a alguno de los programas de vivienda promovidos por el Estado, con excepción del kit de materiales y herramientas para construcción.
Esta situación será consignada por el referido comité distrital en la respectiva Constancia de Damnificado Beneficiario - Declaración Jurada.
El jefe del hogar que reciba la subvención con vinculación a alguno de los programas de vivienda, deberá elegir si accede o postula a cualquiera de los programas de vivienda promovidos por el Estado disponible en las zonas declaradas en emergencia a raíz del sismo del 15 de agosto.
El Comité Distrital de Defensa Civil remitirá al Banco de Materiales y al Fondo Mivivienda con copia al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la base de datos de los jefes de hogares que recibirán la citada subvención.
El otorgamiento de la subvención se realizará con cargo a la Reserva de Contingencia consignada en el presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas.
Para efectos del procedimiento, el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) depositará la subvención en las cuentas que determine el Banco de Materiales o el Fondo Mivivienda. Corresponderá la primera etapa de ejecución a las zonas de Pisco, Chincha Alta, Chincha Baja, Cañete, Tambo de Mora, Sunampe, y áreas de Comatrana, Los Pollitos y Calle Bolívar en Ica.