20:05 | A juicio de Indecopi el Concejo limeño impuso una barrera burocrática ilegal en las revisiones técnicas. Presentará una acción de inconstitucionalidad
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) confirma que la Municipalidad Metropolintana de Lima impuso una barrera burocrática ilegal al otorgar, en exclusividad, el servicio de revisiones técnicas a la empresa Lidercon.
La Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi confirmó, la decisión de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, que el servicio de revisiones técnicas vehiculares, otorgado en exclusividad a Lidercon por dieciséis años, constituye una barrera burocrática ilegal porque contraviene la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada (artículos 2, 6 y 7 del Decreto Legislativo 757).
Esta norma establece que el Estado garantiza la iniciativa privada y que la economía se desarrolla sobre la base de la libre competencia y libertad para acceder a la actividad económica.
Por lo expuesto, la Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi determinó que no se justifica jurídica ni económicamente otorgar el mencionado servicio de manera exclusiva a una sola empresa.
Por el contrario, existen diversos operadores que, de contar con la habilitación correspondiente y las condiciones técnicas exigidas, podrían prestar el servicio y competir en el mercado facilitando el cumplimiento de las revisiones técnicas en el país.
Además, con la entrada en vigencia de la ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares (Ley Nº 29237), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones asume la competencia a nivel nacional para normar y gestionar las inspecciones técnicas vehiculares y, a la vez, se establece un régimen de autorizaciones sin carácter de exclusividad a nivel nacional.
Por ello, la Sala considera que persiste la incompatibilidad entre el régimen de exclusividad que establece la Ordenanza 694, dada por la Municipalidad de Lima, y el sistema de inspecciones técnicas, establecido por la Ley 29237.
Finalmente, se dispuso que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas gestione ante la Defensoría del Pueblo, como ordena la ley, la demanda de inconstitucionalidad correspondiente para que esta barrera no sea aplicada.