Octavio Sahuanay, Iván Quispe y Jéssica León, integrantes de la Segunda Sala de Apelaciones de la Sala Penal Nacional, cuestionaron la recusación de Humala y Heredia. (Foto: Dante Piaggio)
Octavio Sahuanay, Iván Quispe y Jéssica León, integrantes de la Segunda Sala de Apelaciones de la Sala Penal Nacional, cuestionaron la recusación de Humala y Heredia. (Foto: Dante Piaggio)
Karem Barboza Quiroz

Los magistrados de la Segunda Sala de Apelaciones rechazaron los argumentos de la resolución del Tribunal Constitucional (TC) que por mayoría calificó de inconstitucional la orden de prisión preventiva para el ex presidente y su esposa .

A través de un documento con sus descargos ante la Primera Sala de Apelaciones, en el que también rechazan la recusación que planteó la pareja contra ellos, los jueces Octavio Sahuanay, Iván Quispe y Jéssica León expresaron sus reparos sobre la decisión del TC que, por mayoría, acogió el hábeas corpus de los Humala.

Como se ha informado, la defensa de los esposos recusó a los magistrados alegando falta de imparcialidad por parte de ellos, amparándose en los argumentos del fallo del TC.

Al respecto, los jueces superiores resaltaron que todas las instancias jurisdiccionales se pronunciaron a favor la improcedencia del hábeas corpus de Humala y Heredia, sin entrar al análisis de los argumentos.

No obstante, dijeron, el TC se pronunció sobre el fondo del caso, pese a que la resolución que confirmaba la prisión preventiva no tenía la “firmeza” que prevé el artículo 4 del Código Procesal Constitucional para interponer un hábeas corpus.

—Sobre los testimonios—
Según señala el TC, la sala no evaluó algunas pruebas presentadas por la defensa de la pareja.

De acuerdo con el tribunal, la sala no valoró los testimonios de los ex presidentes Pedro Pablo Kuczynski y Alejandro Toledo, así como de los testigos Juan Raygada y Jorge Cárdenas.

Estos testimonios, de acuerdo a la defensa de los Humala, “en mayor o menor medida ponen en entredicho” las declaraciones de dos testigos de la fiscalía que habían abonado a la tesis de que los esposos recibieron dinero de Venezuela para la campaña del 2016.

Sin embargo, los magistrados sostienen que, según el artículo 279 del Código Procesal Penal, solo se puede variar la situación legal de un investigado en base a nuevos elementos de convicción.

Los testimonios solicitados por la defensa de los Humala ya habían sido analizados en el pedido de comparecencia con restricciones y se volvieron a analizar en el pedido de prisión preventiva; pero quedaron descartados por la sala por haber sido invocados con antelación.

—Audios de Madre Mía—
Los jueces de la sala también cuestionaron que el TC se haya pronunciado sobre la inconstitucionalidad de la incorporación de los audios referidos a la presunta compra de testigos del Caso Madre Mía.

Al respecto, los jueces superiores aclararon que durante la audiencia de prisión preventiva, la defensa no solicitó al colegiado la exclusión de los audios, sino que alegó que no fueron corroborados.

Agregaron que cuando la defensa de los Humala fue notificada de la existencia de dichos audios tuvo tres días para solicitar un nuevo examen de estos pero no lo hizo.

“La defensa de Ollanta Humala no ha negado expresamente que la voz de los audios no le pertenezca o que hayan sido editados, hechos que se pueden ventilar en un reexamen”, sostuvieron los jueces .

Finalmente, el colegiado sostuvo que, por ley, la defensa pudo haber planteado la recusación tres días después de emitirse la resolución que confirmó la prisión preventiva, y tampoco lo hizo.

“Por lo tanto, desde la emisión de esa resolución hasta la actualidad, habría transcurrido con exceso el plazo legal para interponer la recusación”, sostuvieron.

El pedido de los Humala para recusar a los jueces Sahuanay, Quispe y León ha quedado al voto en la Primera Sala Penal y deberá ser resuelto en los próximos días.