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VULNERANDO LA SEGURIDAD DE LAS TRANSACCIONES

Ley de expropiaciones es una aberración jurídica

Norma recién promulgada afecta notoriamente intereses de las comunidades campesinas. Ley anula contratos firmados entre comunidades y compradores, que no recibirán siquiera pago de un justiprecio. Especialistas señalan que el Poder Judicial es la única entidad que puede decidir validez de estos actos jurídicos. Jefe del Gabinete asegura que policía evitará nuevas invasiones. Para ello urge más labor de inteligencia

La Ley 29320, que ordena expropiar los terrenos privados invadidos hasta el 2004, fue publicada ayer en “El Peruano”. Esta contiene los vacíos legales ya advertidos en este Diario, pero vuelve a incurrir en un acto que, según los especialistas, es otra aberración jurídica: se declara la nulidad de los contratos firmados entre comunidades campesinas y compradores. Los abogados Úrsula Luna y Natale Amprimo señalan que una ley no puede decidir la validez de este tipo de actos jurídicos, pues ello es función del Poder Judicial.

Bajo esta norma, todo comprador de un terreno en una comunidad campesina deberá desistir del bien y ni siquiera recibirá el pago de un justiprecio.

Más información:
Ley a favor de invasores anula contratos de compraventa

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