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PROYECTO DE REGLAMENTO SOBRE BIOSEGURIDAD

Persisten discrepancias entre los ministerios

Luego de varias negativas, a inicios de este año el Ministerio de Agricultura (Minag) decidió poner a consulta pública el proyecto de reglamento sectorial de bioseguridad. Inmediatamente, el Ministerio del Ambiente (Minam) —sector del Gobierno que rechaza el ingreso masivo de alimentos genéticamente modificados y que opta por los cultivos orgánicos— entregó sus observaciones. En el documento, el Minam expresa su preocupación porque el reglamento no estaría considerando un enfoque precautorio, pues solo señala que este será aplicado “cuando corresponda”. En tal sentido, el reglamento no considera “la aplicación del principio precautorio [...], en lo referido a los que no están aprobados en otros países”, advierte el Minam.

¿QUÉ DICE LA LEY?
Artículo 11 de la ley de bioseguridad (27104)
Cualquier alimento transgénico, cuya utilización haya sido observada o rechazada por las autoridades competentes en otro país, no será admitido en territorio nacional.

El mismo artículo precisa que “la solicitud de ingreso será denegada de pleno derecho y prohibida su utilización dentro del territorio”.

Tampoco deberán admitirse aquellos cultivos transgénicos que no hayan sido probados en otro país y que, por tanto, su uso conlleve un eventual riesgo.

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