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27 de mayo del 2012 | 18 °C
Es obligatorio hacerlo durante los días 27 y 30 de julio y no durante todo el mes

(Andina). El director del Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM), Marco Tulio Gutiérrez indicó que los vecinos de Lima y Callao que no cumplan con izar la Bandera Nacional con motivo de las Fiestas Patrias serán sancionados con multas que van desde los 54 soles hasta los 1.800 soles.
Señaló que la bandera que debe izarse en los inmuebles particulares no debe tener el Escudo Nacional ni ningún otro tipo de símbolo en cualquiera de sus tres fajas verticales, cuyo uso es exclusivo de las entidades estatales.
El experto en temas municipales dijo también que la norma faculta a las municipalidades a cobrar multas a quienes incumplan esa disposición y no coloquen el símbolo patrio durante todo el mes de julio e, inclusive, parte de agosto.
Sin embargo, Gutiérrez aclaró que las leyes vigentes – Ley 8916 y su modificatoria 15253 – establecen la obligatoriedad del izamiento de la bandera solo los días 27, 28, 29 y 30 de julio y no como las municipalidades pretenden durante todo el mes y hasta el 15 de agosto como lo ha dispuesto la Municipalidad de Ate.