Los establecimientos comerciales y obras en edificación que se encuentren en San Isidro tienen 15 días, a partir de mañana, para contar de manera obligatoria con un servicio de seguridad privada y un sistema de videovigilancia, informó dicha comuna.
Las constructoras y comercios deberán instalar un sistema de video vigilancia que permita registrar visualmente el ingreso y salida de sus trabajadores, visitantes, proveedores y placas vehiculares, según una ordenanza aprobada publicada hoy.
El sistema deberá contar con una capacidad de grabación continua no menor de 48 horas y el almacenamiento de una copia de seguridad de hasta por 30 días.
Además, deberán contar con un servicio de seguridad privada durante las 24 horas del día. Se deberá acreditar ante la Gerencia de Seguridad Ciudadana a un responsable que será el nexo de coordinación en acciones relacionadas a la seguridad ciudadana.
En el caso de las construcciones, se deberá presentar además la relación de trabajadores y consignar sus datos, documentación y antecedentes policiales y penales vigentes, que serán remitidos a la Policía Nacional del Perú para su verificación correspondiente.
La obligatoriedad en los comercios es para aquellos con un aforo igual o mayor a 50 personas y las multas que serán aplicadas por no cumplir con estas medidas pueden llegar hasta los S/3.900, equivalentes a dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Finalmente, el municipio comunicó que el constructor o propietario tendrá un plazo máximo de 15 días calendarios a partir del inicio de la obra para la instalación del sistema de video vigilancia y que la norma no aplica a las obras de edificación con uso de vivienda unifamiliar.
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— Sociedad El Comercio (@sociedad_ECpe) 27 de junio de 2016
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