Cancilleres y representantes diplomáticos de la Unión de Naciones Sudamericanas (Unasur) acordaron apoyar a Ecuador ante la advertencia del Reino Unido de ingresar por la fuerza a la embajada ecuatoriana en Londres con el fin de intervenir a Julian Assange. El fundador de Wikileaks que permanece en el lugar dos meses es requerido por la justicia de Suecia tras haber sido denunciado por abuso sexual contra dos jóvenes.

En la sesión llevada a cabo hoy en Guayaquil, la Unasur reafirmó el principio de inviolabilidad de sedes diplomáticas basándose en la Convención de Viena de 1961, la cual establece en su artículo 22 que “los locales de la misión son inviolables; los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión”.

Asimismo, se reiteró el derecho de los estados a conceder asilo y refugio por respeto a los derechos humanos.

En la declaración también se exhortó a las partes a continuar el diálogo y la negociación directa en procura de una solución mutuamente aceptable con arreglo al derecho internacional.

El encuentro internacional se da un día después de que cancilleres y delegados de los países de la Alianza Bolivariana de las Américas (ALBA) se solidarizaran con Ecuador en una reunión donde ratificaron la inviolabilidad de cualquier sede diplomática en el mundo así como la soberanía e integridad territorial de las naciones. El gobierno de Rafael Correa anunció el jueves que le otorgaba el asilo diplomático a Assange.

LA DECLARACIÓN Según dieron cuenta medios locales, la reunión que tuvo corta duración finalizó con una declaración de siete puntos:

1. Manifestar su solidaridad y respaldar al Gobierno de la República del Ecuador ante la amenaza de violación del local de su misión diplomática.

2. Reiterar el derecho soberano de los Estados de conceder asilo

3. Condenar enérgicamente la amenaza del uso de la fuerza entre los Estados, así como reiterar la plena vigencia de los principios consagrados en el Derecho Internacional, el respeto a la soberanía y el fiel cumplimiento de los Tratados Internacionales.

4. Reafirmar el principio fundamental de la inviolabilidad de los locales de las misiones diplomáticas y oficinas consulares y la obligación de los Estados receptores, en relación a lo establecido en la convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Resoluciones Consulares.

5. Reafirmar el principio de Derecho Internacional en virtud del cual no puede invocarse el derecho interno para no cumplir la obligación de carácter internacional, -como así está reflejado en el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969.

6. Reiterar la vigencia de las instituciones del asilo y del refugio para proteger los Derechos Humanos de las personas que consideren que su vida o integridad física se encuentra amenazada.

7. Exhortar a las partes a continuar el diálogo y la negociación directa en procura de una solución mutuamente aceptable con arreglo al Derecho Internacional.