El servicio de transporte público podrá ser cumplido solo por aquellos vehículos habilitados por la autoridad competente que cumplan con la revisión técnica vigente, obligatoria, reglamentaria y que tenga una antigüedad que no exceda los diez años desde su fabricación.

Así lo establece el dictamen del proyecto de ley aprobado por unanimidad por la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso. La iniciativa que propone regular el servicio de transporte público terrestre de pasajeros de ámbito nacional y regional, exige que las unidades que presten ese servicio cuenten, como mínimo, con el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) con póliza vigente.

Las empresas pueden contratar, además, otros seguros en beneficio del usuario o sus pertenencias. Plantea, asimismo, la creación de un registro de transporte público terrestre de pasajeros en el que quedarán inscritos los prestatarios que realizan el servicio.

OTRAS OBLIGACIONES Exige a los terminales terrestres contar con cámaras de video u otros medios audiovisuales análogos que identifiquen a las personas que aborden los vehículos y tomar huellas dactilares de cada uno de los pasajeros, así como verificar que los vehículos cuenten con dispositivos de localización satelital (GPS, Global Positioning Sistem) localizador automatizado para el seguimiento a tiempo real de activos móviles.

La comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso es presidida por el legislador nacionalista Leonidas Huayama Neira. La iniciativa fue elaborada sobre la base de proyectos presentados por las congresistas Lourdes Alcorta (UR) y Luciana León (CP).