Colombia: Parejas homosexuales podrán adoptar con restricciones
Colombia: Parejas homosexuales podrán adoptar con restricciones
Redacción EC

Bogotá (AP)

La Corte Constitucional de Colombia falló a favor de dos mujeres que solicitaron adoptar a una niña que es hija biológica de una de ellas, dando así un paso importante en la por parte de

La sentencia fue avalada por seis de los nueve magistrados del tribunal, cuyas decisiones son de última instancia y, por ende, inapelables, dijo en rueda de prensa el juez Luis Ernesto Vargas, presidente del tribunal.

La acción legal había sido interpuesta por Ana Leiderman y Verónica Botero. Leiderman, a través de un proceso de inseminación asistida en Alemania, procreó a la pequeña que actualmente tiene seis años.

La corte concluyó que, aunque en Colombia las acciones de tutela o de amparo son individuales, las parejas del mismo sexo podrán adoptar siempre y cuando el niño sea hijo biológico de uno de los miembros de la pareja y que los dos, de manera consensuada, pidan la adopción.

"En este caso se trata de una adopción por consentimiento, es decir, un caso en el cual el padre o la madre biológicos consienten que su compañero o compañera permanente pueda pedir la adopción a efecto de que el niño tenga como familia a su padre o madre biológica y a su compañero o compañera permanente", explicó el jurista.

En consecuencia, agregó, "se concedió el amparo del derecho fundamental de la menor a tener una familia y, en ese sentido, se protege el interés superior de la menor, como el derecho de las familias a resolver de manera autónoma la convivencia correspondiente".

Para el magistrado, un acto administrativo había excluido y discriminado a la pareja Leiderman-Botero por el hecho de que son del . "Entonces se quita esa talanquera: no puede ponerse este (factor) como criterio que se considera discriminatorio".

De todos modos Vargas advirtió que con la sentencia del jueves la Corte no resolvió de manera directa sobre el tema en general de la adopción de las parejas homosexuales. "La decisión no puede extenderse a parejas del mismo sexo que no se encuentren en las circunstancias que la Corte halló plausibles para resolver como lo hizo en el día de hoy".

En todo caso, añadió, para que como en el caso Leiderman-Botero las parejas homosexuales puedan adoptar deberán probar una convivencia de al menos dos años y no tener antecedentes de violencia intrafamiliar.

Leiderman dijo la semana pasada a The Associated Press que ella y su pareja viven como una familia común y corriente y que la pequeña solo tiene una particularidad respecto de los demás niños: que en vez de una tiene dos madres.

La demanda de la pareja comenzó en un juzgado regional en octubre del 2009.

El Congreso colombiano se ha abstenido de legislar sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo, pese a que la Corte Constitucional así se lo ha solicitado. En ese sentido el juez Vargas indicó que el fallo del jueves y otros relacionados con los derechos de las parejas homosexuales son herramientas que el tribunal le ha dado al Congreso para que legisle al respecto.

La Iglesia Católica se ha opuesto a la adopción y al matrimonio de parejas gay. La Procuraduría General, en representación de la sociedad, también ha expresado su desacuerdo con este tipo de adopciones.

Actualmente las parejas homosexuales en Colombia pueden registrar ante un notario las llamadas "uniones de hecho" o "uniones civiles" sin que ello constituya un matrimonio y disfruten de todos los derechos de las parejas heterosexuales.

Desde 2007 las parejas del mismo sexo, por decisión de la misma Corte Constitucional, pueden heredarse y afiliarse al sistema de salud y de pensiones.

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