(Foto: Archivo)
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Elizabeth Salmón

Periódicamente encontramos noticias sobre emboscadas, muertes de militares y policías y enfrentamientos en la zona del . Estos actos son reivindicados por el autodenominado “Militarizado Partido Comunista del Perú” (MPCP), agrupación liderada por los hermanos Quispe Palomino. Hace poco se publicó en este Diario que este grupo ha ocasionado la muerte de 446 personas en la zona en emergencia entre 1999 y el 2017, de las cuales el 72% son miembros de las Fuerzas Armadas.

También se hizo público un registro diario de acciones elaborado por la propia agrupación, que ha permitido conocer la importancia que tiene para ella ser conocida como MPCP, o alternativamente como Ejército Popular Revolucionario o Fuerzas Armadas Revolucionarias Peruanas (FARP). La razón sería táctica: esperan que esta denominación les sirva para presentarse como un grupo armado con objetivos militares, y ya no solo como un grupo terrorista como .

De esta forma serían parte de un conflicto armado no internacional, tal y como ocurría en Colombia con las FARC, con lo que podrían, en teoría, negociar un acuerdo de paz o conseguir una amnistía por sus hechos de fuerza. (Esto último, sin embargo, dependería siempre de la voluntad del Estado y no de ninguna obligación internacional).

No obstante, ¿estamos frente a un grupo que es parte de un conflicto armado no internacional? Desde una perspectiva estrictamente jurídica es muy difícil afirmarlo. El derecho internacional humanitario, que es la rama que regula los conflictos armados, requiere que, para que la violencia armada alcance la categoría de conflicto armado no internacional, el grupo armado que se enfrenta al Estado presente dos elementos fundamentales: intensidad y organización.

Según las normas humanitarias aplicables a nuestro país (ente ellas los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales de 1977), la intensidad se mide mediante factores como el número de enfrentamientos y su duración, el tipo de material militar utilizado, el número y el calibre de las municiones, el número de personas y los tipos de fuerzas que participan en los enfrentamientos, el número de bajas, la extensión de la destrucción material y el número de civiles que huyen de las zonas de combate.

La intensidad requiere de una consistencia en la acción que no se verifica en este caso. La violencia tuvo, ciertamente, picos importantes entre los años 2009 y 2012. Luego desciende notoriamente a partir del 2014 y vuelve a incrementarse en los últimos años. Se trata de actos que permanecen en el tiempo, pero de una manera esporádica y puntual. Además, la acción de las fuerzas armadas y policiales, así como la creciente presencia del Estado, hace que en la actualidad estemos frente a emboscadas aleatorias y no ante un indicador de intensidad sostenido.

Por su parte, en lo que a organización se refiere, esta debe tener una estructura de mando, normas y mecanismos de disciplina interna; un centro de operaciones; capacidad de procurarse, transportar y distribuir armas; capacidad de planificar y llevar a cabo operaciones militares, incluyendo movimientos de las tropas; capacidad de negociar y pactar acuerdos, por ejemplo, un acuerdo de paz. Como dice el Comité Internacional de la Cruz Roja: “A pesar de que el nivel de violencia en una situación concreta puede ser muy alto (en una situación de disturbios masivos, por ejemplo), no se puede hablar de un conflicto armado, a menos que una de las partes sea un grupo organizado”.

La agrupación de los hermanos Quispe Palomino no cumple con ninguno de estos requisitos. Esta tiene una pseudoorganización precaria y desarticulada y sus integrantes son reclutados mediante secuestro y chantaje antes que mediante adhesión voluntaria. No se debe olvidar, además, que una cantidad de quienes se integran a la organización creen que están adscribiéndose a grupos narcotraficantes.

Es también importante mencionar que la motivación del grupo –es decir, el que tenga una ideología política o un plan para asaltar el poder– no constituye un requisito necesario ni suficiente. Los panfletos, pintas o pronunciamientos en contra del capitalismo que el grupo de los Quispe Palomino despliega no bastan para afirmar que estamos frente a un grupo armado organizado.

Además, como ya se ha mencionado, más allá de la imagen o capacidad que los Quispe Palomino quieran proyectar, el Estado mantiene el derecho –y el deber– de reprimir sus acciones violentas, conforme a su ordenamiento jurídico nacional e internacional. No tienen ellos ningún derecho a combatir, ni existe inmunidad particular que se les pueda otorgar. Tampoco serían considerados prisioneros de guerra en caso de ser capturados ni pasibles de ningún reconocimiento internacional.

El Estado debe desarticular estos remanentes terroristas y bandas de narcotraficantes usando todas las herramientas que permite la ley. Al hacerlo debe recordar el marco constitucional, así como las obligaciones internacionales existentes. La necesaria lucha contra esta agrupación no puede desencadenar acciones estatales contrarias a esas normas ni dejar de proteger a los habitantes de la zona, pues eso significaría que aprendimos poco de los años de violencia.