La Corte IDH resolvió por mayoría que el Estado peruano archive el proceso contra los magistrados del TC que se sigue en el Congreso. La Junta de Portavoces se reunirá este lunes para analizar la resolución. (Foto: EFE)
La Corte IDH resolvió por mayoría que el Estado peruano archive el proceso contra los magistrados del TC que se sigue en el Congreso. La Junta de Portavoces se reunirá este lunes para analizar la resolución. (Foto: EFE)
Editorial El Comercio

La acusación constitucional contra cuatro magistrados del Tribunal Constitucional (TC) ha vuelto a ser noticia con la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que ordena al Congreso archivar dicho procedimiento. Luego de diversas críticas de congresistas, la Junta de Portavoces del Parlamento resolvió ayer solicitar a la corte una “aclaración” del documento, por considerarlo inaplicable. Por ello, resulta pertinente volver ordenadamente sobre el tema.  

En el 2013, el TC resolvió una demanda de hábeas corpus interpuesta por un grupo de ex oficiales de la Marina acusados de cometer una presunta matanza en 1986 en el penal El Frontón (que había sido tomado por terroristas presos). En aquella oportunidad, el TC resolvió que el proceso debía continuar –siguiendo el mandato de la Corte IDH en el Caso Durand y Ugarte de investigar, juzgar y sancionar a los responsables–, pero anuló la calificación de los hechos investigados como delitos de lesa humanidad. Y aun cuando desde este Diario criticamos esta parte del fallo –pues un proceso de hábeas corpus no es la instancia para dilucidar la calificación de un delito–, era meridianamente clara la voluntad del voto mayoritario del TC.

El año pasado, no obstante, cuatro miembros del TC –los señores Eloy Espinosa-Saldaña, Marianella Ledesma, Manuel Miranda y Carlos Ramos– resolvieron un recurso de aclaración respecto de dicha sentencia y optaron, increíblemente, por cambiarle el sentido, interpretando que el ex magistrado Vergara Gotelli había puesto su firma en el voto de la mayoría “por error”. Una decisión que cuestionamos duramente (editorial “”), y que motivó que un grupo de marinos en retiro denunciara a los cuatro magistrados ante el Congreso. 

Así, en diciembre, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales recomendó destituir e inhabilitar por diez años a Espinosa-Saldaña y suspender por 30 días a Ledesma, Miranda y Ramos. Una sanción que, más allá del reprochable proceder de los magistrados en cuestión, no dejaba de ser problemática, pues implicaba que los legisladores podrían destituir a un juez por una labor ciertamente desprolija, pero no probadamente dolosa.

Y en este contexto, llegamos a la resolución de la Corte IDH de la semana pasada que ordena al Estado Peruano archivar el proceso parlamentario seguido contra los magistrados, a fin de “garantizar el derecho de las víctimas [del Caso El Frontón] [...] a obtener un acceso a la justicia sin interferencias”. 

El pronunciamiento de la Corte IDH es objetable por varias razones. En primer lugar, porque la resolución no se emitió en un nuevo caso iniciado por los magistrados del TC cuya independencia se alegaba afectada, sino en el marco de la supervisión del cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH en el Caso Durand y Ugarte (desaparecidos durante el motín). Así, no queda clara la conexión entre ambos casos, más aun cuando el juicio penal que se sigue a los presuntos responsables del Caso El Frontón continúa su curso con prescindencia de lo que suceda con los miembros del TC, a quienes, por lo demás, se les juzga no por su decisión en el caso El Frontón sino por haber cambiado el sentido de una sentencia previa.

También es cuestionable que la Corte IDH haya dictado como “medida provisional” el archivamiento de la acusación constitucional contra los magistrados, lo que es más bien una medida definitiva.

Finalmente, la actuación de la corte no es lamentable solo por estos excesos, sino porque al cometerlos ha contribuido a mellar su credibilidad y la del sistema interamericano de derechos humanos. De hecho, ya varios parlamentarios, particularmente de Fuerza Popular y el Apra, han sugerido que debemos desacatar el fallo. Una actitud que, felizmente, parece haberse enfriado ahora que la Junta de Portavoces ha resuelto solicitar a la corte un pedido de aclaración.

Con todo lo criticable que puede resultar el fallo de la Corte IDH, quienes creemos en la institucionalidad y el respeto de las normas (nacionales e internacionales) debemos reclamar su cumplimiento. El Estado Peruano, en ejercicio de su soberanía, se ha sometido voluntariamente a estos fueros internacionales, los que, si bien han cometido errores como el aquí comentado, también han servido para poner fin a los atropellos que ciudadanos han sufrido a manos de sus autoridades. La institucionalidad que tanto reclamamos no puede fortalecerse si no respetamos las sentencias, en especial aquellas que no son de nuestro agrado.