Farmacias tendrán que abastecerse de medicamentos genéricos
Farmacias tendrán que abastecerse de medicamentos genéricos
Editorial El Comercio

Desde este espacio hemos expresado preocupación en más de un momento por el limitado interés que ha venido mostrando el Ejecutivo en atender determinados asuntos cercanos a la ciudadanía –educación, seguridad, empleo, entre otros–, y que vayan más allá de su impulso a la reforma política. Hay, sin embargo, algunas excepciones interesantes. Una de ellas es el proyecto de ley que presentó hace tres semanas la administración del presidente Vizcarra al Congreso para “declarar el acceso a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud, y disponer medidas para que se garantice su disponibilidad” (sic).

Más allá de la sección declarativa –después de todo, difícilmente podría alguien estar en desacuerdo con que el acceso a medicina sea parte del derecho a la salud–, vale la pena revisar el contenido prescriptivo de la norma. En particular, ha llamado la atención el artículo que exige “mantener disponibles en , boticas y servicios de farmacias del” un listado de “esenciales” que elaborará el Ministerio de Salud (Minsa). La sanción por incumplimiento asciende hasta cuatro UIT, o casi S/17.000, para el negocio infractor.

En primer lugar, no deja de ser curioso que algunos de los sectores más entusiastas con la norma fueron en su momento también los más críticos con la fusión de cadenas de farmacias del año pasado, entre Inkafarma y Mifarma. Después de todo, por logística, capacidad de compra y recursos, las grandes cadenas están en mucho mejor posición para enfrentar esta nueva regulación que las farmacias independientes, a las que una multa de esa cuantía podría bien dejar fuera del negocio. La posibilidad de concentrar inadvertidamente aún más la industria no es menor.

En segundo lugar, el espacio de incertidumbre sobre cómo interpretar la propuesta es amplio. ¿Cuál es el stock mínimo aceptable para considerar que un medicamento está disponible? ¿Cómo se conjugan estos criterios con la rotación de inventarios, que varía de producto a producto y de establecimiento a establecimiento? Son dudas que aún están por aclarar.

En tercer lugar, la norma pasa por agua tibia dos aspectos fundamentales urgentes que le corresponden al Estado y no al sector privado. El primero es que, según el Colegio Químico Farmacéutico del Perú, a la fecha solo ocho moléculas de un total de 722 que se comercializan en el país han sido sometidas a pruebas de intercambiabilidad. Ello quiere decir que, para la gran mayoría de genéricos que hoy impulsa el gobierno, no hay evidencia clara de que tengan el mismo efecto que un producto de marca. Buena parte de los productos genéricos que se venden hoy cuenta únicamente con registro sanitario y certificados de buenas prácticas, pero no un estudio que confirme su eficacia. Ello le corresponde al Instituto Nacional de Salud, parte del Minsa.

El segundo aspecto fundamental que la norma deja pendiente –y que es quizá lo más relevante cuando se trata de acceso a medicinas– es que el es en realidad el actor fundamental, y es precisamente ahí donde los problemas de abastecimiento son más graves. Más de 90% de los asegurados están en Essalud, el Seguro Integral de Salud (SIS) u otra dependencia pública menor. Según la consultora Videnza, el 57% de las recetas que reciben las farmacias llega de entidades de salud, principalmente públicas, que no cuentan con el producto. Para casi un tercio de los usuarios de hospitales, la falta de medicamentos es el segundo mayor problema, superado solo por la insuficiencia de especialistas. Antes de exigir stocks mínimos a las farmacias, ¿no debería ser prioridad que el sector público –que además tiene mucho mejor poder de negociación por su volumen– llegue a niveles aceptables de abastecimiento? Quizá no sería mala idea más bien empezar a aplicar las onerosas multas por ahí.