Lo que debes saber sobre la investigación a juez por fallo contra suboficial
Lo que debes saber sobre la investigación a juez por fallo contra suboficial
Ana Briceño

Haberse mudado recientemente y no tener hijos ni bienes fueron, entre otros, los argumentos del Poder Judicial para ordenar la prisión preventiva, por siete meses, del suboficial Elvis Miranda Rojas, de 24 años, quien abatió, de un balazo, a un sujeto que minutos antes había robado S/350 y una billetera a una persona, en el distrito de Castilla, en . El hecho sucedió el 13 de enero.

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La medida impuesta por el juez David Sosa ha sido calificada por los altos mandos de la Policía Nacional como “excesiva” y que “afecta la moral de la institución”. El ministro del Interior, Carlos Morán, emplazó este jueves al Ministerio Público y al Poder Judicial: “O están con los delincuentes o con la policía”.

La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) dispuso investigar al juez “para determinar si hubo o no presunta irregularidad funcional” en su fallo. “Se debe conocer si fue o no un exceso del magistrado, ya que el agente habría actuado conforme a sus atribuciones y reglamentos policiales”, precisó el jefe de la OCMA, Vicente Walde. El juez se rehusó a responder nuestras preguntas, al igual que la fiscal Lilia Castillo, quien sustentó la prisión preventiva contra el suboficial, que permanece en la carceleta del Poder Judicial de Piura.

-Los argumentos

Según el requerimiento fiscal, al que tuvo acceso El Comercio, existe peligro de fuga del policía porque “no ha demostrado tener un arraigo domiciliario ni familiar; toda vez que ha variado de domicilio, con lo que le sería fácil huir de la ciudad, más aún si se considera que no tiene bienes propios que lo sujeten a esta localidad, ni familia [esposa e hijos] que dependan económicamente de él”.

Sobre este criterio, el abogado penalista Iván Meini resaltó que es “pernicioso”. “Si hacemos una regla general de ese argumento las personas que no tengan familia o bienes propios estarían sujetos siempre a una sospecha de que van a evadir la justicia y no es así. Lo que debió analizarse es que este policía es un funcionario público y por lo tanto tiene un trabajo conocido. Ese es un elemento relevante”, precisó.

Sin embargo, la fiscal Castillo no lo tomó en cuenta. Por el contrario, la magistrada argumentó que existe peligro de obstaculización en el proceso porque el policía podría tratar de “minimizar la intervención alegando que utilizó el arma de reglamento en defensa propia, pero no pidió apoyo a su base”.

Para Meini se habría configurado el criterio de obstaculización, si Miranda hubiese adulterado pruebas o amenazado y sobornado a testigos para que declaren a su favor, pero eso no sucedió.

La fiscal pidió nueve meses de prisión preventiva y resaltó en la audiencia que la pena que debía recibir es de seis años de cárcel efectiva.

La noche de este jueves, la presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Piura informó, a través de un comunicado, que en este caso “se ha actuado conforme a los criterios con los que se trabajan todas las investigaciones” y que luego se determinará si la persecución del agente fue “conforme a los protocolos policiales” y “si el armamento asignado ha sido empleado de manera reglamentaria”.

El general José Lavalle, teniente general de la PNP, remarcó que no está en contra de la investigación a Miranda pero sí contra la prisión preventiva. “Toda muerte violenta debe investigarse, pero el policía pudo afrontar el proceso en libertad, tiene arraigo laboral”, sostuvo.

¿Cómo debió actuar?

Según las normas de la PNP, los policías solo pueden usar armas de fuego de manera excepcional cuando exista peligro real e inminente de muerte o lesiones graves, en defensa propia o de otras personas, cuando se produzca una situación que implique una amenaza.

El general Juan Sotil, jefe de la Dirección de Investigación Criminal, detalló que durante la intervención a un delincuente primero se deben dar voces de alto y, luego, disparos al aire. El suboficial Miranda, según las indagaciones cumplió con ello. Los peritajes concluyeron que el sujeto abatido –Juan Ramírez– no habría ejecutado ningún disparo contra el agente.

La causa de su muerte fue traumatismo abdominal abierto y laceración hepática por el impacto de la bala. Sotil precisó que se suele inmovilizar a un delincuente disparándole en la pierna.

“Era un lugar con trocha. Teniendo en cuenta que ambos iban corriendo [Miranda y Ramírez] ni el mejor tirador tendría ese acierto de darle a los pies”, sostuvo la abogada del policía, Noemí Chanduví.

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