Todo aporte en dinero a los partidos políticos deberá tener un comprobante

La ONPE realiza modificaciones a sistema de financiamiento de las agrupaciones en aras de la transparencia

31 de mayo del 2009

Los aportes a los partidos ya no tendrán un tope mínimo para registrarlo en un comprobante, según las modificaciones al sistema de financiamiento de las agrupaciones políticas establecidas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

De acuerdo al nuevo marco , publicado en las normas legales de El Peruano, “todo aporte en efectivo debe constar en un comprobante de aportes en efectivo, preimpreso y con númeración correlativa, que contenga el nombre completo y el documento de identidad de la persona que realiza el aporte”.

Anteriormente, el artículo 34 de el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, sostenía que los aportes que se registraban en la contabilidad de las organizaciones deberían ser “superior al cinco por ciento de la UIT (las siglas de la Unidad Impositiva Tributaria)”, actualmente en S/. 3.550 nuevos soles.

La ONPE ha modificado los artículos 34, 36, 39, 54, 56, 60, 63, 67, 71 y 80 del mencionado reglamento.

En otro de los cambios, fijado en el artículo 63, el organismo electoral obliga a los partidos al que se les haya cancelado su inscripción a tener, en el plazo de un mes, su balance de cierre que registre sus activos, pasivos y patrimonio.

En el dispositivo anterior no se contemplaba dicha obligación.

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