Alberto Fujimori
Alberto Fujimori
Redacción EC

Un mes después de que Pedro Pablo Kuczynski (PPK) firmara el indulto humanitario a favor de , la Defensoría del Pueblo emitió un informe, no sin antes reiterar que el Ministerio de Justicia se negó a entregarle el expediente que justificó la gracia presidencial.

El documento cuestiona la decisión tomada por PPK y considera que no cuenta con las motivaciones necesarias. Esto se puede ver en las cinco conclusiones a las que llegó la defensoría, resumidas a continuación.

1. Resolución del indulto es deficiente

La Defensoría del Pueblo considera que el indulto "no cumple con los estándares planteados" en su informe, específicamente en lo que se refiere a la motivación de la decisión que tomó PPK.

Según la Defensoría, el presidente PPK debió referirse sobre la "proporcionalidad entre la gravedad de los delitos" de Fujimori y las "razones humanitarias que habrían motivado su concesión".

El informe señala que la resolución que otorga el indulto debería haber expresado sobre qué procesos penales se está aplicando la gracia presidencial y las razones por las cuales el Estado renuncia a la persecución del delito.

2. No expresa razones médicas suficientes

Según la defensoría, la resolución del indulto no expresa suficiente información médica que justifique que la salud de Alberto Fujimori corría el riesgo de seguir agravándose por su permanencia en prisión.

"Basándonos únicamente en lo expuesto en la resolución, la Defensoría del Pueblo considera que la misma denota insuficiencia para motivar adecuadamente y conforme a lo exigido por los estándares nacionales e internacionales".

Aquí, la Defensoría del Pueblo señala que podría contar con más detalles si el Minjus hubiera accedido a entregar el expediente del indulto.

3. Indulto humanitario tiene límites

Tal y como dijo Walter Gutiérrez en conferencia de prensa, PPK tiene la "máxima discrecionalidad" a la hora de conceder gracias presidenciales, pero esto se encuentra sujeto a un "conjunto de límites normativos y jurisprudenciales".

La Defensoría del Pueblo considera que la discrecionalidad del presidente podrá ser evaluada cuando se analice el sustento material, la oportunidad o la conveniencia del indulto.

4. No hubo participación de víctimas

Según la defensoría, el presidente de la República no actúa a título personal, como PPK, sino que representa a la Nación. "En virtud de esta representación y en aras de la reconciliación nacional, citada como justificación de esta decisión, debió conceder a las víctimas y sus familias la posibilidad de expresa su punto de vista".

5. Alberto Fujimori lejos de actividades políticas

La Defensoría del Pueblo dice que el Estado debe preservar la función preventiva de las sentencias y, por ello, debe tomar medidas para que los favorecidos por gracias presidenciales "se mantengan alejados de toda actividad que guarde relación con los crímenes motivo de su sentencia".

"Consideramos necesario que el señor Alberto Fujimori se abstenga de realizar toda clase de acción política, dado que esta actividad guarda relación con los crímenes motivo de su sentencia, afectando la integridad moral de las víctimas y la sociedad en su conjunto", se lee en el informe.

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