(Foto: Rolly Reyna / El Comercio)
(Foto: Rolly Reyna / El Comercio)
Redacción EC

Para este miércoles se tiene estimado que el grupo de la Comisión Permanente que evalúa la continuidad del contralor , presidido por el congresista Marco Arana, dé a conocer a dicha instancia su informe.

Arana manifestó que el informe será terminado al mediodía de mañana. Al momento, existe un primer borrador al cual accedió El Comercio.

Este consta de 8 conclusiones. En cuatro de ellas se da cuenta de que Edgar Alarcón ha incurrido en “falta grave”, por lo que se recomienda su “remoción”. El resto se refiere a otros cuestionamientos en los que “a la fecha de presentación del informe no existen elementos suficientes para pronunciarse sobre la comisión de falta grave”.

—Causales de remoción—
La primera conclusión considera que Alarcón incurrió en una falta grave “al llevar a cabo actividades lucrativas en la compra de automóviles”. En ese sentido, plantea su remoción, pues el funcionario transgredió una prohibición contemplada en el artículo 28 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República (Ley 27785).

La segunda conclusión se refiere al presunto pago irregular de una liquidación a una ex trabajadora de la institución, quien además es la madre de dos de los hijos del funcionario. El informe señala que Alarcón “incurrió en falta grave en el supuesto pago de beneficios no arreglada a ley”, por lo que recomienda su remoción. Así, refiere que se ha transgredido el numeral 2 del artículo 8 del Código de Ética de la Función Pública, el cual señala que el servidor público está prohibido de obtener ventajas indebidas “para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia”. También que violó el artículo 31 de la Ley 27785.

La tercera habla de una presunta coacción al auditor Walter Grados, quien denunció la compra de más de 90 vehículos por parte del contralor y sus jóvenes hijos, así como el caso de la ex trabajadora Marcela Mejía Franco y su liquidación supuestamente irregular con S/ 127.000 y otros S/ 100.000 por viáticos cuando su sueldo era de S/ 3.350 en el 2009. Para el grupo de la Comisión Permanente, hay “elementos suficientes para considerar que el señor Alarcón ha incurrido en falta grave”, por lo que recomienda su remoción.

La cuarta conclusión se refiere a la compra de dos automóviles que Alarcón hizo entre el 2013 y 2015 a un proveedor de la misma contraloría, lo que contraviene las normas de conducta de la institución. El informe sostiene que esas operaciones comerciales constituyen una “falta grave” que transgrede el Código de Ética de la Función Pública, por lo que hay “elementos suficientes” para recomendar su remoción del cargo.

—Elementos insuficientes—
La quinta conclusión se refiere al análisis de si Alarcón incurrió en falta grave al omitir la presentación de su declaración jurada de bienes y rentas. Sin embargo, el grupo encabezado por Marco Arana considera que a la fecha “no existen elementos suficientes para pronunciarse sobre la comisión de falta grave”, por lo que recomienda que se amplíen las investigaciones en otra instancia del Parlamento o se derive, si corresponde, al Ministerio Público. A similares conclusiones se llegan en los siguientes casos.

La sexta conclusión señala también que “no existen elementos suficientes” para determinar si Edgar Alarcón cometió falta grave respecto a una denuncia sobre presunto desbalance patrimonial y evasión tributaria en la adquisición de una vivienda en Surco.

La penúltima conclusión también indica que no hay elementos suficientes para comprobar si Edgar Alarcón incurrió en falta grave a raíz de un presunto desbalance patrimonial y evasión tributaria en la compra de terrenos subvaluados de propiedad del Estado en la provincia de Camaná, en Arequipa.

Finalmente, tampoco hay elementos suficientes, dice el informe, para señalar si hubo falta grave en la compra que Guillermo Alarcón, hijo del contralor, hizo el 2016 de un auto que perteneció al gobernador de Ayacucho, Wilfredo Oscorima, cuando este era procesado por delitos contra la administración pública y aprovechamiento indebido del cargo.