SEBASTIAN ORTIZ MARTÍNEZ @Shebas07 Redacción Online

El procurador anticorrupción Julio Arbizu criticó que el Tribunal Constitucional (TC) haya ordenado la excarcelación del ex directivo de Perú Petro Alberto Quimper, quien está involucrado junto al ex ministro Rómulo León en la presunta concesión irregular de lotes petroleros a favor de la empresa noruega Discover Petroleum.

En entrevista con elcomercio.pe, sostuvo que el TC utilizó “fundamentos que no están sostenidos en argumentos lógicos” para dejar en libertad a Quimper. El arresto domiciliario del ex funcionario público fue revocado en octubre del 2011 cuando fue descubierto almorzando en un restaurante cuando regresaba a su casa de una audiencia judicial.

Hoy se conoció que el Tribunal Constitucional ordenó la excarcelación de Alberto Quimper. ¿Cuál es su posición sobre esta cuestionada medida? Nos parece una medida equivocada. Nosotros, en su momento y tras descubrirse que Quimper violó las reglas de conducta impuestas en su arresto domiciliario, pedimos que sea recluido y el Poder Judicial nos dio la razón. Lo que ha sucedido ahora es que Quimper, por medio de un hábeas corpus, sostiene una violación a su derecho a la libertad. Hay que señalar que un proceso de hábeas corpus la procuraduría competente no es la especializada en delitos de corrupción sino la del Poder Judicial.

La Procuraduría del Poder Judicial no ha informado los casos de procesados por corrupción que presentaron hábeas corpus ante el TC. Por ello, nos topamos con estas resoluciones sorpresivas.

Según el TC, se dispuso la detención de Quimper “sin que haya concurrido a una causa válida para revocar dicho mandato”. Está absolutamente claro que el señor Quimper y así lo dispuso el Poder Judicial, violentó las reglas de conducta impuestas. Es más antes del último incidente (Quimper fue a comer a un restaurante) existían apercibimientos sobre otras violaciones a las reglas. De tal modo que los fundamentos que utiliza el Tribunal Constitucional no están sostenidos en argumentos lógicos.

De hecho, hay que recordar que en algún momento Quimper estuvo prófugo y que es una persona que tiene la predisposición de eludir la acción de la justicia.

¿Su despacho puede tomar alguna medida? Si bien es una mala señal, lo importante aquí es señalar que en este caso (Petroaudios) tenemos varios meses esperando el inicio del juicio oral y hasta ahora no tenemos ninguna certeza de cuando se va a iniciar.

Si ya existe una acusación fiscal contra los involucrados por la presunta concesión irregular de lotes petroleros a la empresa Discover Petroleum, ¿por qué no se inicia el juicio oral? Falta decisión de la sala que ve el caso. Efectivamente, hay una acusación de la fiscalía que comprende a Quimper y también a Rómulo León, pero todavía no hay fecha del juicio. Debería señalarse y procesarlos con celeridad. No podemos esperar tanto tiempo en este tipo de procesos.

CASO CECILIA CHACÓN De otro lado, ¿qué se viene en el proceso de la congresista Chacón tras la apelación de su sentencia de cuatro años de cárcel efectiva por complicidad en el delito de enriquecimiento ilícito? Ahora le toca a la Corte Suprema dictaminar eso. Espero que esta instancia no demore en emitir su pronunciamiento. Por ejemplo, en los casos del ex esposo (Luis Miguel Portal Barrantes) y la madre de la congresista (Aurora de Vettori) la Corte Suprema no da el fallo que confirma o anula la decisión de primera instancia pese a que han pasado dos años desde que presentaron el recurso impugnatorio. Hay una demora excesiva en algunos casos en el Poder Judicial y esto genera una sensación de que la justicia no funciona.

¿El recurso impugnatorio presentado por la congresista puede tomar dos años o más? Primero quiero aclarar algo que escuché en la mañana. Se dice que en el caso Chacón la fiscalía y la Procuraduría Anticorrupción no han presentado mayores pruebas en el proceso. Eso no es verdad, porque se han dado las mismas pruebas que se presentaron en el proceso contra su ex esposo y madre (a los que se les acusa del mismo delito).

Y sí, lo que se teme es que la decisión de la Corte Suprema se demore ese tiempo o más en confirmar o revocar la sentencia contra la congresista dada en primera instancia.

Cecilia Chacón dijo esta mañana que la inhabilitación en su contra es para futuros cargos. ¿Es cierto esto? Existe un acuerdo plenario de la Corte Suprema dado en el 2009 y que establece que si ella fue procesada con el antiguo Código de Procesos Penales debe ser inhabilitada de inmediato de su cargo. La misma sentencia hace alusión a ese acuerdo plenario y el Congreso deberá pronunciarse al respecto.