Los electores que no acudieron a sufragar o no cumplieron el rol de miembro de mesa ayer en la consulta de revocación, pese a haber sido seleccionados, tienen la oportunidad de presentar una solicitud de dispensa en caso la ausencia sea justificada y debidamente probada. Así, no serán multados.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que, en el caso de no haber podido sufragar, las causales para dispensarse son la enfermedad, el fallecimiento de un familiar directo, incapacidad mental y el robo o pérdida del Documento Nacional de Identidad (DNI).

El Reglamento de Justificación, Dispensa y Multa Electoral del JNE también considera la falla en el padrón electoral, desastres naturales, la propia función electoral, la privación de la libertad personal y otros casos de fuerza mayor.

En el caso de quienes no votaron porque las mesas no se instalaron, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) debe entregarles un documento que certifique lo ocurrido. Este tendrá que ser presentado al JNE adjuntando el DNI para realizar el trámite.

PARA LOS MIEMBROS DE MESA Para los miembros de mesa que no pudieron desempeñarse como tales, las justificaciones a presentar proceden en caso de enfermedad, incapacidad física o mental, lactancia y otros motivos de fuerza mayor.

El documento sustentatorio de la omisión tendrá que presentarse ante el JNE en forma original o por copia legalizada ante notario. Para ello, tendrá que portarse el DNI vigente y pagar 20 soles en el Banco de la Nación.

TRÁMITE PERSONAL O POR TERCEROS En ambos casos, los trámites deben realizarse en los días sucesivos a la votación, es decir desde hoy. Tiene que ser de manera personal o mediante un tercero con carta poder simple.

Las gestiones se realizan en las oficinas del JNE, las Unidades Regionales de Enlace, en el caso de que se viva en provincia, y en las Oficinas Consulares, si es que el interesado se encuentra en el extranjero.