Declaran infundada recusación de Álex Kouri contra juez supremo
Declaran infundada recusación de Álex Kouri contra juez supremo
Redacción EC

El juez supremo José Neyra Flores escuchó hoy los alegatos del abogado Alberto Bramont Arias y del procurador de la Contraloría de la República, Jaime Ortiz, durante la audiencia de vista de causa de discordia en el proceso seguido contra el ex alcalde del Callao, .

Neyra Flores dejó al voto el recurso de nulidad contra la sentencia que condenó a Álex Kouri a cinco años de prisión por el denominado “Caso Convial”, referido a la construcción de la vía expresa del primer puerto.

Durante la audiencia, Bramont Arias rechazó la condena por el delito de colusión desleal impuesta a Kouri por la Cuarta Sala Penal Liquidadora de Lima. Dijo que se aplicó a su patrocinado “un tipo penal agravado que no existía en el momento de la comisión de los hechos, en el año 1999”.

Además, señaló que existe un informe pericial contable que concluye que no existió perjuicio patrimonial contra la Municipalidad Provincial del Callao al no haberse producido desembolso alguno en favor de la empresa Convial, encargada de la obra y cobro del peaje de la vía expresa.

Por su parte, el procurador Ortiz Rivero rechazó los argumentos de la defensa de Kouri y sostuvo que ya estaba vigente el artículo 384 del Código Penal, que establece la figura de la colusión. Además, remarcó que la sentencia demuestra que el ex alcalde utilizó su cargo para firmar un contrato concertado con Convial y favorecerla con seis adendas.

Sobre la pericia contable, Ortiz afirmó que se trata solo un informe financiero que establece que "no hubo perjuicio para el Estado porque el dinero (S/.42 millones) fue pagado por los funcionarios”, sin considerar que los afectados fueron miles de peruanos que pagaron peaje por una obra que no existió.

La Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema a cargo de esta causa convocó a Neyra Flores en calidad de juez dirimente al no haberse alcanzado cuatro votos necesarios para emitir una resolución.

Hasta el momento, de los cinco integrantes de la Sala, tres de ellos se han pronunciado por confirmar la sentencia condenatoria; uno votó por la nulidad del proceso y que se realice un nuevo juicio oral, y el otro se pronunció a favor de la absolución del Kouri.