El TC rechaza pedido para anular resolución sobre El Frontón
El TC rechaza pedido para anular resolución sobre El Frontón
Mario Mejía Huaraca

El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente un recurso de nulidad presentado  para dejar sin efecto la resolución en la que dispuso retirar de una sentencia anterior el enunciado que decía que los hechos ocurridos en en 1986 no constituyen un delito de lesa humanidad.

La solicitud de nulidad fue presentada hace tres semanas por Sergio Tapia, abogado de los marinos procesados por el caso del debelamiento del motín del penal de El Frontón, ocurrido durante el primer gobierno de Alan García.

En su recurso, Tapia alegaba que al TC “no le asiste ninguna atribución para alterar, modificar o corregir los votos y textos de una sentencia” y que la resolución afectaría la estabilidad jurídica de la cosa juzgada.

El tribunal señaló que no se alteró el fondo de la sentencia emitida en el 2013, sino que solo se subsanó un error en el conteo de votos que afectaba la parte resolutiva. Precisó que en esa oportunidad, pese a no tener los votos necesarios para hacerlo, se incorporó el enunciado de que los hechos de El Frontón no constituyen lesa humanidad.

En su pedido de nulidad, el abogado Tapia también adujo que el requerimiento de subsanación lo habían presentado personas ajenas al proceso y fuera del plazo de ley.

Sin embargo, el tribunal respondió que quienes presentaron la solicitud de subsanación no pidieron ser admitidos como parte del proceso, sino que solo comunicaron al TC del error detectado para que este órgano se pronunciara de oficio. También aseguró que no se trató de un pedido extemporáneo.

Tapia lamentó que “el TC no haya corregido el grave error” y anunció que evalúa interponer ante el Congreso de la República una acusación constitucional contra los magistrados del TC, quienes –arguyó– “cometieron infracción contra la Constitución, pues han revisado y cambiado una sentencia pese a que el TC no es un órgano de doble instancia”.

Finalmente, el abogado expresó que otra infracción cometida por los magistrados es haber reabierto un proceso que estaba fenecido y con sentencia desde el 2013.

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