(Foto: Renzo Salazar)
(Foto: Renzo Salazar)

"Él está indignado. Le parece una arbitrariedad", nos dice Wilfredo Pedraza, ex ministro y abogado del ex presidente Ollanta Humala, después de que un tribunal del Poder Judicial confirmara la incorporación del Partido Nacionalista Peruano (PNP) en la investigación fiscal contra el ex mandatario y su esposa Nadine Heredia por el presunto lavado de activos.

En noviembre pasado, el juez Richard Concepción Carhuancho, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, incluyó al PNP –por pedido del fiscal Germán Juárez Atoche– en la pesquisa sobre presuntos aportes irregulares en la campaña electoral de Humala, en el 2011, la que lo llevó a la presidencia de la República.

"Definitivamente está clarísimo que nos quieren dejar fuera del 2021 [de la próxima campaña presidencial]", asegura Santiago Gastañadui, ex congresista nacionalista y uno de los dirigentes del PNP investigado también por presuntamente haber lavado activos.

El Colegiado A de la Corte Especializada en Delitos de Crimen Organizado resolvió la apelación y confirmó lo decidido hace seis meses: el PNP sería incluido en la investigación. También confirmó la incorporación de la empresa Todo Graph S.A.

1. ¿Por qué se confirmó la decisión de Concepción?
Para los tres jueces que firman la resolución de 22 páginas, si bien precisan que el PNP tiene un fin constitucionalmente legítimo, nada impide a que una organización política "no pueda ser pervertida por los agentes a su cargo".

Asimismo, resalta que existe una "peligrosidad objetiva derivada de su eventual instrumentalización para favorecer o encubrir el entorno delictuoso imputable a las personas naturales". Es decir, a los dirigentes investigados.

Para el juzgado, el PNP habría tenido vinculación con los hechos materia de imputación y que existiría una "alta probabilidad" de que sus representantes legales reiteren la misma conducta de volver a utilizar dicha organización para captar dinero de procedencia presuntamente ilícita.

2. ¿Los jueces aseguran que un partido es una organización criminal?
No lo dicen. Los magistrados citan el punto 22 del Acuerdo Plenario 1-217-SPN del 5 de diciembre del 2017, en el que señala que una estructura partidaria "no se equipara a una organización criminal", pero sí constituye una "en tanto los dirigentes se aparten del derecho y creen una organización criminal con estructura propia" en la estructura partidaria.

Es más, en otro punto de la resolución, aseguran expresamente que los partidos no son organizaciones criminales, pero que estos tienen consecuencias accesorias y deben ser incorporados en la investigación debido a que sus dirigentes están siendo procesados por un presunto delito, como el lavado de activos.

3. ¿Qué argumenta el PNP sobre esta decisión?
Gastañadui, ex parlamentario y cercano a los Humala, se mostró mucho más enérgico y radical sobre la decisión. "Es un golpe de estado a la democracia. Más que jueces de una democracia, parece una corte de una dictadura de Hitler, de Mussolini", exclamó vía telefónica.

El ex congresista insistió en que es una persecución "a todo nivel" contra el PNP. Recordó que el año pasado ya le congelaron las cuentas y que no tienen ni para pagar el agua, la luz o el alquiler. "Hacemos maravillas", responde.

En diálogo con El Comercio, Pedraza señaló que la resolución del colegiado es ilegal e inconstitucional y que existe una interpretación "equivocada" del artículo 105 del Código Penal.

El artículo al que Pedraza hace referencia, especifica las "consecuencias accesorias" contra una persona jurídica. Entre ellas, la clausura de locales, la disolución y liquidación de la sociedad, asociación, fundación, cooperativa o comité, así como la prohibición de realizar actividades en el futuro.

"La sala comete un grave error cuando asemeja un partido político con uno de esos modelos de asociación privada", sostuvo. "Lo que va a generar es la exclusión de la actividad política a los más de 200 mil militantes que tiene el PNP. En la hipótesis de que un juez cierre los locales o clausure de manera definitiva a un partido, los militantes no podrán hacer vida política en esa organización. Eso constituye una afectación al artículo 31 de la Constitución", agregó.

4. ¿Los jueces dicen en la resolución que pueden cerrar el partido?
No exactamente. Para el colegiado, la defensa del PNP "adelanta opinión" cuando indica que los jueces no pueden disolver o liquidar un partido político, debido a que el proceso se encuentra en etapa de investigación preparatoria y no en un juicio oral.

Según Pedraza, el colegiado no ha tomado en cuenta en su análisis la legislación especial que existe al respecto en la Ley de Organizaciones Políticas, que establece un procedimiento específico para la disolución de un partido.

Más allá de eso, la incorporación no es una condena ni una sentencia. Solo lo incluye como parte del proceso para que pueda ejercer su derecho a la defensa en una investigación preparatoria que aún está dentro del plazo.

5. ¿Qué opinan los expertos penalistas sobre esta decisión?
Los abogados penalistas Carlos Caro Coria y Luis Lamas Puccio coinciden en que la resolución del colegiado es legal, que no es inconstitucional y que es una tendencia internacional.

Es decir, es una tendencia incorporar a las personas jurídicas o asociaciones en una investigación, sobre todo si se trata de lavado de activos, delito en el que la organización es fundamental para cometer el ilícito.

"Si no hubiera existido un partido político, difícilmente se hubieran podido concretar los hechos que se le imputan a Humala y Heredia. Esta es solamente una decisión de incorporarlo, pero será en el juicio oral en que se dilucide su responsabilidad final", precisó Lamas.

Por su parte, Caro resaltó que uno de los motivos –explicados en la resolución– es que en este caso existe lo que se suele llamarse el "riesgo de repetición". "Si ha sido incorporado es porque se trata de una entidad peligrosa, que podría merecer una condena", dijo.

Ambos expertos remarcaron que una eventual sentencia, no significará que van a apresar a todos los militantes del partido, sino que recaerán –de encontrarse culpable– una serie de responsabilidades accesorias. Para los abogados, contrarios a Pedraza, sí corresponde lo estipulado en el artículo 105 del Código Penal.

6. ¿Podría pasar lo mismo con el partido de Keiko Fujimori?
Sí. Los expertos penalistas indicaron que este tipo de incorporaciones se dan en investigaciones preparatorias, como es el caso de Keiko Fujimori, también procesada por un presunto lavado de activos a través de sus campañas políticas.

"Cualquier partido que haya sido utilizado [para lavar activos] puede ser incorporado", advirtió Caro. Los dos abogados coincidieron en que sentará un precedente y que se debe diferenciar entre una agrupación con fines políticos y la utilización de la agrupación para cometer posibles delitos.

Los ex presidentes Alan García y Pedro Pablo Kuczynski también están siendo investigados por los mismos delitos, que habrían sido cometidos bajo la misma modalidad –a través de sus campañas electorales– pero ambas pesquisas están aún en etapa preliminar. Por lo tanto, no se puede incorporar a sus partidos, según la ley.

7. ¿Hay alguna otra instancia para revertir esta decisión?
Tanto Pedraza como Gastañadui confirmaron que el PNP presentará una acción de amparo por la vía constitucional contra esta decisión, la que podría llegar hasta el TC. "Creemos que ahí sí hay justicia", dijo el ex legislador. El máximo intérprete de la Constitución revocó en el 2018 la orden de prisión preventiva contra los Humala.

La defensa del ex presidente, por su parte, manifestó que planteará dicho recurso en los próximos días porque la decisión es "sumamente superficial" y un "gravísimo error", y que no fundamenta por qué tendría que ser criminalizado el partido. Para él es "evidente" que hay un propósito de sacarlos de carrera en el 2021. "La discusión de fondo era si se afecta a los derechos de los militantes", añadió.

Para Lamas Puccio, lo ideal sería que se agote la vía penal a través de un recurso de casación para que la Corte Suprema, instancia a donde se presentan estos recursos, defina, esclarezca y siente un precedente, teniendo en cuenta que la fiscalía investiga a otros líderes políticos por presunto lavado de activos a través de sus campaña electorales (en las que se presentaron con sus respectivos partidos).