La norma fue publicada en el boletín Normas Legales del diario oficial El Peruano. (Foto: GEC)
La norma fue publicada en el boletín Normas Legales del diario oficial El Peruano. (Foto: GEC)
Redacción EC

El Ejecutivo formalizó, a través de la Ley N° 30942, la creación del Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia que fue aprobado por el pleno del en el mes de abril.

Según la norma, este consejo tiene por finalidad "impulsar la reforma del sistema de justicia mediante la formulación de los criterios para la elaboración de la política nacional y la coordinación para la ejecución de las políticas a cargo de las entidades integrantes del sistema de justicia".

El Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia está conformado por el presidente de la República, el titular del Congreso, así como los representantes del Poder Judicial, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, la Junta Nacional de Justicia, la Contraloría y la Defensoría del Pueblo.

Entre sus funciones están impulsar la reforma del sistema de justicia, formular los criterios para la elaboración de la política nacional de reforma de este sistema, coordinar la ejecución de las políticas, realizar el seguimiento y control de los procesos de reforma de justicia y la presentación de un reporte anual de los avances que se produzcan.

"El Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia tiene una presidencia que es alternada entre quienes lo conforman por el periodo de un año", indica la norma.

Además, sostiene que las sesiones que tendrá serán "de manera extraordinaria" cuando sean convocadas por su presidente.

"Sus decisiones y acuerdos se adoptan por consenso. Las sesiones y acuerdos son públicos", manifiesta.

La ley está firmada por el presidente de la República, Martín Vizcarra y el presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar.