(Foto: Reuters)
(Foto: Reuters)
Redacción EC

La justicia europea descartó la posibilidad de que un jurista y activista austríaco lance una acción colectiva contra  en su país, aunque sí puede demandar al gigante estadounidense en nombre propio, según una decisión publicada el jueves.

Max Schrems, que inició también estrepitosos juicios contra Facebook en Irlanda, donde se encuentra la sede europea de la empresa, tomó inmediatamente nota de la decisión en Twitter.

"Por fin puedo demandar a Facebook ante la justicia por violaciones de la vida privada", se congratuló, pese a la imposibilidad de lanzar una acción colectiva.

Es un "enorme problema para Facebook sea como sea", consideró, agregando a su mensaje un emoticono con un guiño.

El caso había sido llevado ante el Tribunal de Justicia de la UE por la Corte Suprema austríaca, que tendrá la última palabra sobre el tema cuya decisión deberá adaptarse al TJUE.

En este caso, Schrems consideró que Facebook había violado sus derechos respecto a la vida privada así como los de otros usuarios de Facebook, entre ellos siete personas, domiciliadas en otros países dentro y fuera de la UE, que le autorizaron a representarlos.

Pero en su decisión, el TJUE consideró que la condición de "consumidor" no se podía aplicar a los "derechos cedidos por otros consumidores domiciliados en el mismo Estado miembro, en otros Estados miembros o en terceros Estados".

"Así pues, solo se protege al consumidor en la medida en que sea personalmente demandante o demandado en un procedimiento", explicó en un comunicado el tribunal con sede en Luxemburgo.

Por el contrario, el tribunal no avaló los argumentos del gigante estadounidense. Este consideraba por una parte que las jurisdicciones austríacas no son competentes internacionalmente. Y por otra parte, que Max Schrems no es un "consumidor" ordinario ya que utiliza Facebook con fines profesionales y trabaja como consultor en cuestiones de violación de la privacidad.

"El usuario de una cuenta privada de Facebook no pierde la condición de 'consumidor' cuando publica libros, pronuncia conferencias, gestiona sitios de Internet, recauda donaciones y acepta la cesión de los derechos de numerosos consumidores para ejercerlos ante los tribunales", afirmó el TJUE en su decisión.

(AFP)

LEE TAMBIÉN...

Contenido sugerido

Contenido GEC