La Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima otorgó una medida cautelar al colectivo Padres En Acción (PEA) para que el Ministerio de Educación (Minedu) suspenda parcialmente la implementación del Currículo Nacional de Educación Básica; específicamente en un texto referido al enfoque de género.
La sala, presidida por la jueza Ana Valcárcel, ordenó que se suspenda la eficacia de la Resolución Ministerial N°281-2016-Minedu, “solamente en el extremo” que aprueba el currículo respecto al enfoque de género, en la parte que se consigna: “Si bien que aquello que consideramos femenino o masculino se basa en una diferencia biológica sexual, estas son nociones que vamos construyendo día a día, en nuestras interacciones”.
En agosto del año pasado, el mismo juzgado declaró fundada parcialmente la demanda de acción popular presentada por el colectivo PEA y anuló ese mismo texto en la guía pedagógica. El grupo de padres de familia solicitaba la eliminación total del currículo, debido a que –según sostiene– el Minedu incluyó en ella disposiciones sobre la sexualidad no acordes con lo que los padres de familia habían consensuado.
—Votación pendiente—Tanto el Minedu como el colectivo apelaron, y el caso fue asumido por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema. El sector Educación solicitó que se revocara la sentencia en primera instancia de la Sala Civil, al considerar que el juzgado había emitido una “opinión subjetiva” en su decisión.
En tanto, el colectivo PEA apeló para que se elimine por completo la guía pedagógica, ya que -indicaron- la anulación parcial del enfoque y del texto que hoy está en controversia no suprimía las nociones que, según ellos, eran recogidas de la denominada 'ideología de género'
Precisamente, el martes último la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial (PJ) dejó al voto las apelaciones interpuestas por ambas partes. Esta instancia, que es la definitiva en la vía ordinaria, tiene un plazo máximo de 30 días para emitir su voto. En tanto, la aplicación de la medida cautelar es inmediata.
Lee la medida cautelar aquí:
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