Escucha la noticia

Discriminación en el Perú: solo el 0.3% de denuncias han concluido en sentencia
Resumen generado por Inteligencia Artificial
Accede a esta función exclusiva
Resume las noticias y mantente informado sin interrupciones.
Desde el 2023, en el Perú se han presentado ante el Ministerio Público 3.148 denuncias por el delito de discriminación. Pero a la fecha se han registrado solo 11 sentencias, lo que representa solo 0,3% del total, según información oficial de la institución a la que accedió El Comercio.
Además, 1.986 de los casos (63,1%) están en proceso o en alguna fase de investigación, mientras que 1.151 (36,6%) fueron archivados.
Newsletter exclusivo para suscriptores

Gisella Salmón selecciona notas exclusivas con un enfoque especializado, cada lunes.
El período analizado por este Diario empezó el 25 de octubre del 2023, fecha desde la cual las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad asumieron la competencia de las denuncias por delitos contra la humanidad.
La fiscal superior Rosario Quico Palomino, coordinadora de las mencionadas fiscalías, explicó que los casos de discriminación “tienen bastante carga subjetiva”, por lo que las investigaciones y procesos pueden ser complejos.
“[La resolución de las denuncias] va a depender mucho de la visión, preconceptos y valoraciones de jueces y fiscales”, afirmó la magistrada.
También reconoció que una tarea pendiente del sistema de justicia es “unificar criterios y establecer pautas y lineamientos” para entender cuándo se trata realmente del delito de discriminación.
“Si vemos que hay jueces, fiscales y policías que no tienen una buena comprensión del delito, el ciudadano lo tiene menos claro aún. Algunos traen como denuncias por discriminación cualquier acto en el que sienten que los diferencian y no necesariamente se trata del delito de discriminación”, aseveró.
Respecto del gran número de casos en proceso o investigación (seis de cada 10), la fiscal Quico expresó: “Hay ciudadanos que se sienten afectados, pero no terminan de entender que esta no es la vía. Entonces, interponen recursos y el proceso va dilatándose. […] Por eso, es importante que se archiven denuncias, para que los fiscales prioricen aquellas que tienen futuro y se no se generen falsas expectativas”, indicó.
Delito complejo
En su artículo 323, el Código Penal sanciona a quien “realiza actos de distinción o exclusión […] que anulan o menoscaban el reconocimiento, goce o ejercicio de cualquier derecho” a una persona o grupo de personas por motivos raciales, de nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, entre otros.
La pena es de entre dos y tres años de cárcel –por lo tanto, la prisión es suspendida– y el pago de una reparación civil determinada por el juez.
El Comercio supo que las 11 sentencias por el referido delito impuestas a la fecha fueron condenatorias.
Una de ellas se registró en Cajamarca contra una mujer de 52 años, quien fue hallada culpable por insultos discriminatorios contra una madre y su hijo, un niño que cursaba el primer grado de primaria. La imputada reconoció el delito a cambio de que se le redujera la sanción.
El abogado penalista James Rodríguez López comentó que “es bastante difícil probar el delito de discriminación por la carga subjetiva” que puede existir. Por esa razón –agregó–, hay tan pocas sentencias y tantos casos sin resolverse.
“Para una persona, una palabra puede ser discriminatoria y para otra no. Ahí es clave la parte probatoria: los videos, audios y testigos que puedan presentarse. Sin embargo, considero que en el país las autoridades no están preparadas para investigar este tipo de delitos”, cuestionó.
Problema estructural
El antropólogo Juan Carlos Callirgos consideró que a pesar de las complejidades y limitaciones, es importante que la discriminación se sancione.
“Lamentablemente, es una práctica que está bastante más presente en nuestras vidas de lo que dice la data: muchas personas discriminadas no denuncian, porque el problema se ha naturalizado tanto que ni siquiera sienten que son víctimas”, expresó el docente del Departamento de Ciencias Sociales de la PUCP.
En tanto, la periodista y activista contra el racismo Sofía Carrillo señala que más allá de las sanciones, es urgente trabajar en la prevención. “No podemos trabajar en materia de discriminación si no empezamos con acciones y políticas preventivas”, agregó.
Carrillo resaltó que la discriminación “impacta en distintos planos de nuestras vidas”, tales como “el acceso al empleo, salud y la educación”.
En su libro “Nos habíamos choleado tanto” (2007), el psicoanalista Jorge Bruce relata que el caótico tráfico callejero es un escenario donde “los insultos racistas son los predilectos en el repertorio de los conductores”.
“Si esos insultos son tan frecuentes, ello se debe a que son los más hirientes”, concluye. Hoy, la frase sigue vigente, quizá más que antes.
Sentencia en Cajamarca
“Mi hija está para relacionarse con una familia de clase pudiente, ¿qué de bueno tendría su hijo si no tiene una buena casa?”
El miércoles 27 de agosto de este año, el magistrado Absalón Cabrera Rodríguez, del Tercer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Cajamarca, sentenció a la ciudadana Dorie Marie Marín Aliaga a un año, nueve meses y 10 días de “pena privativa de libertad con el carácter de suspendida” y al pago de una reparación civil de S/4.500, debido a que la halló culpable del delito de discriminación e incitación a la discriminación contra una madre y su menor hijo, identificado con las iniciales HCMA.
Aunque Marín Aliaga no irá a la cárcel por tratarse de una pena suspendida, debe cumplir una serie de obligaciones, tales como concurrir una vez al mes a efectuar un control biométrico ante una sede judicial, y no cambiar de domicilio ni ausentarse de su lugar de residencia sin previa autorización.
Según la carpeta fiscal, a la que tuvo acceso El Comercio, la acusada, de 52 años, ofendió en reiteradas ocasiones a la mujer y al niño, con quien su hija compartía aula en un colegio privado de la ciudad de Cajamarca.
Entre HCMA y la hija de Dorie Marín no había enemistad. Además, los hechos ocurrieron en los años 2023 y 2024, cuando ambos cursaban primer y segundo grado de primaria, respectivamente.
“Entre la acusada y la agraviada empiezan a denotarse diversas situaciones de tensión. [...][La situación] fue agravándose con el pasar del tiempo y desencadenó en actos discriminatorios en dos ocasiones”, precisa el documento.
La primera de ellas sucedió en la vía pública. “[Marín] le señaló [a la agraviada] que su hijo era un delincuente y que son una tira de pobres, indias campesinas y que ahora entiende por qué el menor es así”.
El segundo incidente fue a través de un mensaje telefónico. A las 10:48 p.m., la mamá de HCMA recibió un chat en el que –entre otras cosas–, Dorie Marín le decía: “Mi hija está educada para relacionarse con una familia de clase pudiente, ¿qué de bueno tendría su hijo si no tiene una buena casa? De allí nomás deduzca, no me haga reír, por favor”.
Por otro lado, en un peritaje psicológico elaborado para el caso se halló que la acusada tiene “rasgos de personalidad de tipo narcisista, histriónicos y negativistas […] y falta de conductas asertivas e impulsividad”.
La fiscalía también recabó más de una decena de testimonios, además de documentos, tales como los mensajes de texto e informes del colegio.
Proceso célere
La sentencia contra Marín Aliaga fue producto de un acuerdo de terminación anticipada. En otras palabras, ella reconoció haber cometido el delito a cambio de que se redujese la sanción en su contra.
La fiscalía solicitó inicialmente dos años y ocho meses de prisión, además de S/5.500 por concepto de reparación civil a favor de la familia agraviada.
En el Perú, el 82% de las sentencias por discriminación (nueve de 11) se lograron a través del mecanismo de terminación anticipada.
Además del hecho relatado, se registraron:
- Un caso de terminación anticipada en Huaura, Lima Provincias (por racismo)
- Uno en Áncash (discriminación por discapacidad)
- Uno en Arequipa (discriminación por discapacidad)
- Tres en el Cusco (dos por racismo y uno por xenofobia)
- Dos en Ica (ambos por discriminación sin más precisiones)
- Uno en La Libertad (discriminación por discapacidad)
- Uno en Lambayeque (xenofobia)
“Esto es muy importante, porque, por un lado, el procesado acepta que su conducta fue delictiva. Por el otro, que ha sido consciente de su acto; es decir, sí hay un reconocimiento”, destaca la fiscal superior Rosario Quico Palomino, coordinadora de las fiscalías especializadas en derechos humanos e interculturalidad.





