Los domingos se seguirá manteniendo la inmovilización obligatoria. (Foto: Hugo Perez / GEC)
Los domingos se seguirá manteniendo la inmovilización obligatoria. (Foto: Hugo Perez / GEC)
/ Hugo Perez
Redacción EC

El anunció este viernes que los domingos se seguirá manteniendo la inmovilización obligatoria, ante el incremento de casos de COVID-19. Sin embargo, algunas actividades quedarán exceptuadas de esta medida con el fin de continuar con la .

El Gobierno ha dispuesto también la ampliación del estado de emergencia y la cuarentena focalizada hasta el 30 de setiembre para mitigar el avance del nuevo coronavirus en el país.

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LISTA DE ACTIVIDADES AUTORIZADAS A OPERAR EN LOS DOMINGOS

Según el Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM, la inmovilizacion obligatoria se exceptúa para el personal dedicado a estas actividades:

  • Servicios de abastecimiento de alimentos
  • Salud y/o medicinas
  • Farmacias, droguerías y boticas
  • Servicios financieros (bancos)
  • Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery)
  • Continuidad de los servicios de agua y saneamiento
  • Energía eléctrica
  • Gas y combustibles
  • Telecomunicaciones y actividades conexas
  • Limpieza y recojo de residuos sólidos
  • Servicios funerarios
  • Transporte de carga y mercancías y actividades conexas
  • Transporte de caudales, según lo estipule el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
  • Actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas

La norma refiere también que el personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el periodo de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad (DNI). Ello también aplica a las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

En el caso de las personas en grupos de riesgo frente al COVID-19 que laboran en algunas de las actividades permitidas, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto. Sin embargo, en caso deseen voluntariamente concurrir a trabajar, deberán suscribir su declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria.

Asimismo, el decreto autoriza el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud, así como para la adquisición de medicamentos.

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