(Foto: Archivo)
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Redacción EC

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual () tiene, desde hace diez meses, a Ivo Gagliuffi como presidente. De acuerdo con la nueva gestión, sus esfuerzos están concentrados en el fortalecimiento de la simplificación de los procesos internos y externos, el cumplimiento de los plazos legales, la digitalización de sus servicios y la mayor presencia del Indecopi “en la cancha”. Esto último descansa, principalmente, en dos iniciativas a las que el Congreso podría ponerles trabas: un monitoreo más intenso de posibles prácticas anticompetitivas mediante el programa de clemencia y la mejora del libro de reclamaciones.

COLABORACIÓN EFICAZ
El programa de clemencia es, hoy en día, la herramienta más poderosa para detectar acuerdos secretos de precios, conocidos como cárteles. Sin él, las agencias de competencia se encuentran en menor capacidad de detener esta actividad ilícita, asegura el Indecopi.

Tanto Pierino Stucchi, jefe del Área de Competencia del Estudio Muñiz, como Luis Diez Canseco, socio fundador de Diez Canseco Abogados, coinciden en la necesidad de impulsar esta herramienta, por lo que advierten que el proyecto de ley 1579, propuesto por el congresista fujimorista Juan Carlos Gonzales, cuya discusión en la Comisión de Defensa del Consumidor aún está pendiente, podría mellar las intenciones del Indecopi.

Esta iniciativa busca reducir el beneficio monetario de las empresas que se acojan al programa de clemencia. Así, se plantea que la multa para la primera empresa en acogerse al programa se reduzca hasta en 80%. Para las siguientes empresas que denuncien algún hecho ilícito, la reducción sería de 40%, 20% y 10%, respectivamente. Actualmente, la primera empresa en denunciar el cártel está exonerada del pago de la multa al 100%. “Como el programa no ha sido explicado lo suficiente, genera dudas sobre el ‘perdón’ de las multas a cambio de contribuir con la detección de conductas anticompetitivas”, explica Stucchi. La reducción de beneficios, agrega, puede hacer menos atractiva la confesión y la colaboración, sobre todo en casos de gran impacto negativo sobre el consumidor. Sin embargo, Stucchi precisa que el proyecto no eliminará completamente los incentivos. “Reducir hasta 80% una multa a quien confiese primero no es poco”, sostiene.

Diez Canseco, sin embargo, tiene una visión más dura de la iniciativa legislativa y sostiene que, de entrar en vigencia, la norma sí haría que las empresas desistan de participar del programa de clemencia.

Por su lado, Christian Chávez, asociado del estudio Miranda y Amado, afirma que el proyecto es parte de la tendencia de algunos legisladores de plantear leyes por hechos puntuales o “anécdotas”, pues surgió a partir del caso de concertación de precios en el mercado de papel higiénico. “Los congresistas que impulsan el proyecto ven mal que no se haya cobrado una multa. Entiendo que la sanción sea importante, pero las normas de competencia no buscan poner multas, sino desactivar cárteles”, explica. Agrega que este mecanismo es de suma importancia para una autoridad como la peruana, que cuenta con un presupuesto reducido. “Creo que hay solo 30 personas en la secretaría técnica de la Comisión de Libre Competencia. En Chile son 120; en México, 150; y en Brasil, 200”, dice.

Asimismo, resalta que el programa de clemencia es una herramienta que funciona de manera exitosa en la Unión Europea y Estados Unidos. “Lo que están proponiendo le quita predictibilidad a un mecanismo que recién se está implementando y que las empresas recién empiezan a entender”, afirma.

LIBRO DE RECLAMACIONES
El 13 de junio entró en vigencia un cambio en el uso del , que, según Indecopi, facilita la resolución de controversias. El libro puede ser ahora utilizado como una plataforma de conciliación, dándose por concluido el conflicto en sus propias páginas.

Pero la idea de convertir el libro en una herramienta más ágil y útil puede chocar con una ley ya aprobada por el Congreso a inicios de junio y que ha sido observada por el Ejecutivo. La norma obligaría a las empresas formales de todo tamaño a remitirle en un máximo de siete días útiles las quejas de sus libros de reclamaciones al Indecopi.

Según la institución, tendría que contratar a 10.000 empleados y comprar licencias de software para poder procesar la información recabada. El costo anual llegaría a alrededor de S/410 millones, lo que equivale a 11 veces el presupuesto actual del Sistema Nacional de Protección al Consumidor. Hoy, el organismo solo recibe de manera obligatoria la información de los proveedores que registran ingresos anuales de al menos S/12,15 millones, a través del Sistema de Reportes de Reclamaciones (Sirec) .“Si alguien va a un restaurante y escribe un reclamo en el libro porque le dieron una sopa fría, según la norma propuesta, se tendría que remitir una copia de dicha queja al Indecopi”, explica Chávez. En esta misma línea, Stucchi asegura que si la norma entra en vigencia, se cargaría inútilmente a las empresas el costo de remitir todos los reclamos al Indecopi, incluso los ya solucionados y conciliados.

“Además, [la ley aprobada por el Congreso] implicaría convalidar el Sirec, pese a que el Indecopi ya calificó esto como una barrera burocrática ilegal”, afirma Stucchi.

Por su parte, Diez Canseco refiere que la norma generará “una inundación” de microprocesos que con el tiempo se volverán inmanejables. Para él, los recursos de la entidad deberían destinarse a la lucha contra los cárteles o a sostener la eventual aprobación de una norma de control de fusiones. Incluso, el especialista sostiene que si no se mejora el libro de reclamaciones, este debería ser eliminado, a excepción de los casos de consumidores itinerantes en restaurantes y hoteles, pues es una herramienta sobredimensionada. “Imagino que debe tener un impacto muy alto en el presupuesto del Indecopi”, estima.

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