4.- Telefónica. La acción de la matriz de Telefónica del Perú subió 24,72% en el trimestre y cerró en 11,1 euros.
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Esta semana el comunicó la difícil decisión de negar la solicitud de renovación por cinco años adicionales del contrato de concesión (CC) de .

En un contexto caracterizado por una significativa incertidumbre (), es saludable que las autoridades vayan despejándola, tomando decisiones y más aun cuando estas tendrán un impacto importante en la economía y la sociedad.

Por ser un servicio de consumo masivo, todos los ciudadanos estamos de alguna u otra manera afectados por las decisiones de las autoridades respecto a los servicios públicos de telecomunicaciones. El CC de Telefónica fue firmado en 1994 por veinte años con posibilidades de renovación hasta por 20 años más. Este contrato fue objeto de controversia desde el inicio cuando la empresa claramente se equivocó al ofrecer más de US$2.000 millones por el paquete accionario de CPT y Entel puesto a la venta por la entonces Copri.

El CC previó el procedimiento para la renovación, ofreciendo a la empresa, en un punto del tiempo, la posibilidad de elegir la opción de solicitar una renovación por 20 años o renovaciones progresivas de cinco años, hasta cumplir los 20.

Telefónica optó por lo segundo, abriendo así la puerta para evaluaciones progresivas y, lo que es peor, a la toma de decisiones bajo diferentes entornos políticos.

Para mitigar la incertidumbre política, el MTC aprobó una metodología de evaluación de cumplimiento de las obligaciones contenidas en el CC. Encargó al regulador Osiptel la realización del estudio requerido aplicando la metodología, de tal modo que el ministerio pudiera tomar la decisión de manera informada y, todavía mejor, sustentada. El procedimiento seguido incluye audiencias públicas que abren la discusión del informe de Osiptel como de la posición de la empresa.

La metodología se fue perfeccionando luego de varias aplicaciones, que permitieron a la empresa 13 años y cinco meses de extensión del CC (de 15 años posibles).

Uno de los cambios más importantes fue relajar el umbral de incumplimiento para la no renovación. Con la metodología del 2010, bastaba que el regulador constatase un 40% de incumplimientos para que el CC ya no pudiera renovarse. Ahora, se tiene que constatar un 80% de incumplimientos para negar la renovación.

Y eso fue lo que constató el estudio de Osiptel: más de 80% de incumplimientos, ponderando aquellos relacionados a la normativa del sector y aquellos correspondientes a las leyes del Perú.

El procedimiento del MTC, al que se sometió la empresa, es de pleno conocimiento previo y no sufrió modificaciones mientras estaba en trámite.

Este es un buen ejemplo de seguridad jurídica y predictibilidad para las inversiones.