"Línea 2: ¿Concesión integral o por partes?", por José Bonifaz
"Línea 2: ¿Concesión integral o por partes?", por José Bonifaz
Redacción EC

La línea 2 del metro de Lima es un proyecto en asociación público-privada (APP) que costará al país US$6.200 millones, pero que se justifica, ya que sus beneficios socioeconómicos por ahorros en tiempo de viaje y costo de operación vehicular, entre otros, serán de US$24.000 millones durante los 35 años de concesión. Sin embargo, se ha estado discutiendo la posibilidad de cambiar el esquema de concesión desde una integral (construcción, operación y mantenimiento al mismo concesionario privado) a otra en dos partes, donde la construcción sea una obra pública (el privado construye y se retira) y luego se licita la operación y mantenimiento (a otro privado).

En el diseño de las APP, los riesgos pueden ser clasificados como endógenos o exógenos. Los exógenos, como la inflación o la tasa de interés, afectan a todos los sectores económicos y pueden ser traspasados a otro agente pagando una prima por un seguro. Para estos riesgos existe un mercado, y los sectores público y privado pueden acudir a él.

En cambio, los riesgos endógenos dependen de las acciones tomadas por las partes y están determinados por los incentivos del contrato de concesión. Una vez que el contrato está firmado, el riesgo de ese proyecto no se reduce al repartirlo óptimamente entre las partes, ya que el nivel de riesgo como un todo permanece inalterado en la economía. Entonces, la transferencia óptima de riesgos se alcanzaría cuando las pérdidas marginales de transferir riesgo desde el Gobierno al concesionario se igualan a los beneficios marginales de incrementar el esfuerzo de este último.

Por ejemplo, la probabilidad de que una carretera colapse depende de la probabilidad de que caiga una fuerte lluvia, pero también depende de la calidad de los insumos que fueron utilizados en su construcción, y del diseño y el mantenimiento por parte del concesionario. Si el Estado se queda con el riesgo de deslizamientos por lluvia, el concesionario no tiene incentivos a invertir en disminuir tal riesgo porque no le afecta sus ganancias. Por lo tanto, el Gobierno necesita transferirle riesgo para darle los incentivos adecuados.

Esto implica que el riesgo de un proyecto no se puede separar del contrato, porque son endógenos a la relación contractual. Estos riesgos son los más relevantes a la hora de diseñar el contrato y se deben traspasar al agente mejor preparado para enfrentarlo. En el caso del metro, si se diseñan dos contratos, uno para el que construye y el otro para el que opera, no se están dando los incentivos para que el constructor minimice los costos de operación, ya que sus flujos de caja no se afectan. Por lo tanto, es óptimo entregar el riesgo de construcción y operación al mismo agente por las externalidades que produce la primera etapa sobre la segunda.

Asimismo, será mejor incluir el diseño del proyecto dentro de la licitación, ya que estos afectan a la construcción y a la operación. Lo anterior implica que es óptimo transferir el riesgo de diseño, construcción, operación y mantenimiento a una sola empresa, es decir, a un único concesionario.

Por estas razones, no nos confundamos. La literatura económica ya demostró la supremacía de la concesión integral en estos casos. Invirtamos adecuadamente el dinero y sigamos adelante con la línea 2 del metro.