Muchos trabajadores ya recibieron o están próximos a recibir la CTS. (Foto: GEC)
Muchos trabajadores ya recibieron o están próximos a recibir la CTS. (Foto: GEC)
Redacción EC

En este mes, muchos trabajadores ya recibieron o están próximos a recibir la Compensación por Tiempo de Servicio (), beneficio social que todos los empleados en planilla reciben por ley.

“En muchos casos te permite contar con un fondo de ahorro que puede cubrir gastos en caso de emergencias o inclusive estar preparado ante una situación de desempleo. Es importante utilizarla inteligentemente para que puedas alcanzar tus planes financieros”, menciona Anna Lenka Jáuregui, especialista en finanzas personales del ABC del BCP.

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La CTS consiste en 2 pagos al año, uno en mayo y otro en noviembre, cada uno equivalente a medio sueldo si laboraste el semestre completo, sumado a un sexto de la gratificación recibida en diciembre.

Por ejemplo. si el sueldo bruto es de S/1.000, un sexto de tu gratificación sería S/166, por lo que se recibirá S/ 1.166 de CTS (S/583 en mayo y S/583 en noviembre).

Vale destacar que las empresas pueden realizar el depósito como máximo hasta el 15 de mayo.

Es importante tener idea de cuánto se recibirá para asegurarse de que han depositado el monto correcto.

Se debe tener en cuenta también que solo se puede retirar el total de la CTS cuando el trabajador se queda sin trabajo bajo cualquier forma.

No obstante, se puede retirar una parte siempre y cuando el fondo exceda el monto de cuatro sueldos. Es decir, si el sueldo es S/ 1.000 y el fondo de CTS tiene S/ 6.000, se podrá retirar hasta S/ 2.000.

Si se tiene la CTS en un banco, se puede vincular el fondo a una tarjeta de débito y retirar el excedente que se tenga disponible en cualquier momento.

Además, si el empleador se demora en depositar la CTS, al ponerse al día no solo debe pagar el monto correspondiente, sino también los intereses. La misma entidad donde debe ser depositado el dinero debe notificar la cantidad final.

¿Puede un empleador retener la CTS del trabajador?
¿Puede un empleador retener la CTS del trabajador?

Jáuregui destaca también 3 consejos que se deben seguir al recibir este dinero extra:

1. Ahorrar: "El ahorro es uno de los mejores hábitos, ya que te permite afrontar de mejor manera situaciones que se puedan presentar en un futuro, así como hacer realidad tus planes", indica.

"Lo más aconsejable es no retirar este dinero y continuar ahorrándolo, pues es un seguro contra el desempleo. Si tus deudas no son un problema y lo que buscas es mayor rentabilidad, puedes depositar tu dinero en una cuenta a plazo fijo" agrega Jáuregui.

2. Prioriza el pago de tus deudas: "No debería suceder que al recibir dinero extra, pierdas de vista las deudas que tienes pendientes, especialmente si existen algunas atrasadas. Éstas son las primeras que deberías cancelar", resalta.

"Asimismo, si no cuentas con deudas atrasadas, podrías optar por realizar un prepago, es decir, pagar un dinero adicional al que te corresponde ese mes con la finalidad de reducir tu deuda. Así ahorras intereses o reduces el plazo total de tu crédito", sostiene la ejecutiva.

3. Evita excederte con los gastos antes de recibir ese ingreso adicional: "Si bien es necesario darte un gusto por el trabajo realizado durante el año, recuerda que no deberías excederte en gastos innecesarios. Para lograrlo, la elaboración de un presupuesto es de gran ayuda, pues muchas veces suele suceder que gastas bajo la premisa de que recibirás dinero adicional y podría llegar a ocurrir que termines gastando más de lo que recibirás", puntualiza. 

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