Gratificación (Foto: GEC)
Gratificación (Foto: GEC)
Redacción EC

Los trabajadores del sector privado percibirán un sueldo íntegro de por , siempre que hayan laborado el semestre completo. Es decir, de enero a julio del 2019. 

Los empleadores de la pequeña, mediana y gran empresa deben realizar este pago a sus trabajadores como máximo hasta el próximo 15 de julio, según informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). 




De acuerdo a la legislación peruana, los trabajadores tienen derecho a dos gratificaciones anuales, con motivo de las Fiestas Patrias y Navidad. 

Este beneficio social fue legalmente establecido en el año 1989, durante el primer gobierno del ex presidente Alan García. De esa manera, se reconoció como una práctica constante de las empresas otorgar un monto adicional, en los meses de julio y diciembre, a sus trabajadores para afrontar gastos adicionales en dichas fechas festivas.

SITUACIÓN EN OTROS PAÍSES DE LA REGIÓN
Los trabajadores en Brasil, Colombia, Bolivia o Ecuador reciben sólo el equivalente a un sueldo anual por concepto de gratificación, mientras que en Chile, el beneficio de la gratificación no está establecido por ley. 

De esa manera, los trabajadores peruanos son los que perciben un monto mayor por gratificación en un año.

Contenido sugerido

Contenido GEC