(Foto: Erasmusu)
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Paola Villar S.

La bancada oficialista presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 71° de la Constitución de la República, que indica que los extranjeros no pueden adquirir ni poseer título alguno dentro de los 50 km de la . De esta manera, se busca promover las

"La prohibición constitucional de propiedad y posesión dentro de los 50 km de frontera, se encuentra planteada de la misma forma desde la Constitución de 1933. No es difícil darse cuenta por su lectura y los conceptos usados, que se trata de una norma para una coyuntura muy distinta a la actual", destaca la bancada de Peruanos Por el Kambio.

LA INICIATIVA
El Proyecto de Ley (PL) N°1811, presentado ayer en el Congreso de la República, fue una iniciativa del congresista Carlos Bruce, quien explicó a El Comercio que la modificación apunta a fortalecer el potencial económico de las zonas urbanas en las fronteras y a regularizar la adquisición y alquiler de inmuebles en dicho espacio, que con la norma actual, está prohibida para cualquier extranjero. Cabe resaltar que Tumbes y Tacna se sitúan a 22.50 km y 34.45 km, de las líneas de frontera con Ecuador y Chile.

El documento explica que la norma ha terminado siendo una traba para el desarrollo de las zonas fronterizas, donde se identifican nueve zonas críticas en las regiones comprendidas, de acuerdo al Consejo Nacional de Desarrollo de las Fronteras e Integración Fronteriza (Conadif).

El oficialismo plantea modificar dicho artículo, manteniendo como zona rígida el ratio de 50 km indicado, con la excepción de zonas urbanas o de expansión urbana y en caso se diera una resolución ministerial del sector competente, con informe favorable del Ministerio de Defensa para casos específicos y sustentados.

"Estas norma constitucional, por el paso del tiempo, requiere ser ajustada a los reales intereses del país y a las necesidades de sus poblaciones, en ese sentido ayudados en diversas visiones al respecto, sustentamos la fórmula legal expuesta líneas arriba", menciona el PL.

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