Resumen

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Viajeros deben contar con una prueba molecular o antígena de descarte del COVID-19 con resultado negativo. (Foto: Leandro Britto / GEC)
Viajeros deben contar con una prueba molecular o antígena de descarte del COVID-19 con resultado negativo. (Foto: Leandro Britto / GEC)
/ Leandro Britto
Por Redacción EC

El Poder Ejecutivo emitió hoy la Resolución Ministerial 043-2021-MTC/01 que dispone la suspensión de las operaciones aéreas desde y hacia las regiones que están incluidas en el nivel de alerta sanitaria extrema. La medida regirá desde el 31 de enero hasta el 14 de febrero. La medida del Gobierno responde al avance de la pandemia del coronavirus en el mundo y una segunda ola en el país.