(Foto referencial: El Comercio)
(Foto referencial: El Comercio)
Redacción EC

Este jueves se publicó el Decreto Supremo N° 10-2018-TR, que establece facilidades para los ciudadanos que se desempeñen como y a los electores, en el marco de las .

El área laboral del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez indica las siguientes consideraciones que los electores y miembros de mesa deberán tener en cuenta en caso sus jornadas laborales coincidan con el fin de semana electoral.

1. Lunes será día no laborable compensable para miembros de mesa que realizan jornadas atípicas

El lunes 8 de octubre fue declarado día no laborable de naturaleza compensable para los ciudadanos que se desempeñen como miembro de mesa y que en su centro de labores realicen jornadas atípicas de trabajo, (aquellos que deban cumplir con una jordana en feriado).

Para hacer efectivo el permiso, los trabajadores que se desempeñen como miembros de mesa deberán presentar el Certificado de Participación que otorgue la ONPE a su empleador, al momento en que se reintegran a sus labores.

2. Electores que trabajen en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación no laborarán del viernes al domingo

Los trabajadores que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, y que ejerzan su derecho a voto en las Elecciones 2018, no laborarán los días viernes 5, sábado 6 y domingo 7 de octubre .

En el sector privado, por acuerdo de partes, se establecerá la forma de compensación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decide el empleador. En el sector público, en cambio, los titulares de las entidades dispondrán la forma para la compensación de los días no laborados, debiendo garantizar la prestación de servicios de interés general.

3. Electores que trabajen el domingo tendrán tolerancia en la jornada de trabajo

Los trabajadores que presten servicios en el mismo ámbito geográfico donde se encuentre su lugar de votación, cuya jornada de labores coincidan con el día de las Elecciones 2018, tienen derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo. Los empleadores dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar.

4. Miembros de mesa que trabajen los domingos podrán faltar a su centro de labores

Los trabajadores que actúen como miembros de mesa y cuyas jornadas de trabajo coincidan con las Elecciones 2018, están facultados para no asistir a su centro de labores. Los empleadores dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar.

Contenido sugerido

Contenido GEC