La multa para las boticas que no cuenten con las medicinas esenciales asciende hasta los S/8.400 (2 UIT).
La multa para las boticas que no cuenten con las medicinas esenciales asciende hasta los S/8.400 (2 UIT).
Ricardo Guerra Vásquez

La Asociación Nacional de Farmacias y Boticas Independientes del Perú (Anabif) observó el reglamento –publicado ayer– del decreto de urgencia que busca asegurar el acceso de la población a los medicamentos genéricos.

En este se establece que los puntos de venta de salud inscritos en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) oferten no menos del 80% de los fármacos considerados esenciales por el Ministerio de Salud.

Aly Carlos Villarroel, presidente de Anabif, que agrupa 15.900 boticas, dijo que la lista de estos remedios –publicada el último domingo– incluye alrededor de ocho productos controlados, es decir, que son para farmacias especializadas. Así también, considera otros que están agotados actualmente en el mercado y que tardarán en ingresar.

“[Aún con el tope de 80%] se debió detallar en el reglamento que los productos controlados no se considerarán para las mypes”, apuntó el representante.

En este sentido, dijo que el decreto supremo 023- 2001 no obliga a las micro y pequeñas empresas a contar con fármacos controlados, pero este reglamento se contrapone.

MULTAS

Villarroel también cuestionó que no se contemple la categoría de mypes para establecer las sanciones por no contar con el stock de medicamentos.

“Sugerimos que para las sanciones se considere la clasificación de la Sunafil [cuya multa es menor a la fijada en el reglamento]”, apuntó.

Villarroel adelantó que si bien esperan que este reglamento se mejore durante la marcha blanca, presentarán medidas legales.

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