(Foto: Archivo)
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Redacción EC

La comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) del , ordenó mantener por cinco años los derechos a las importaciones de todas las variedades de calzado con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originario de China.

El nuevo periodo de vigencia es a partir del 30 de noviembre de 2016 hasta el 30 de noviembre de 2021. Y para dicha fecha poderá ser renovado por uno adicional.

Cabe destacar que en este procedimiento no se incluyó a las importaciones de chalas y sandalias de caucho o plástico originarias de China, las cuales actualmente se encuentran sujetas al pago de derechos antidumping hasta el 12 de abril de 2019.

Para la comisión existe la probabilidad de daño a los productores nacionales de calzado en caso se supriman las referidas medidas, pues verificó que la producción nacional de los productos mencionados experimentó una evolución desfavorable que se reflejó en los indicadores de producción, uso de la capacidad instalada, ventas, productividad y beneficios.

Así, tanto el precio del calzado de caucho o plástico como el de cuero natural se habrían ubicado en 8,8% y 40,8%, respectivamente, por debajo de los precios de los productos nacionales, lo que habría provocado que los peruanos experimenten un mayor daño.

LAS CIFRAS DE LA COMISIÓN

►La rama de producción nacional (RPN) se redujo 7,2% entre 2012 y 2015 y 10,9% en enero – setiembre de 2016 respecto a similar periodo del año 2015.

► Las ventas internas disminuyeron 1,3% entre 2012 y 2015 y 5,7% en enero - setiembre de 2016 respecto a similar periodo del año 2015.

►El margen de utilidad, entre enero de 2012 y setiembre de 2016, dicho indicador se redujo 7,9 puntos porcentuales respecto a la línea de calzado de caucho o plástico y 6,3% puntos porcentuales respecto a la línea de calzado de cuero natural.

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