La sociedad de gestión colectiva Inter Artis Perú fue sancionada con una multa de 50 UIT (equivalente a unos S/197.500) por infringir la ley de derecho de autor, anotó el Indecopi.Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
De acuerdo con la resolución 421-2015-CDA-Indecopi, Inter Artis Perú, una de las siete sociedades de gestión colectiva reguladas por el Indecopi, no presentó documentación que permitiera determinar que sus tarifas cumplían con principios de razonabilidad, equidad y proporcionalidad, establecidos en la Ley sobre el derecho de autor.
Además, el Indecopi determinó que la tarifa que se aplicaba no se había establecido de común acuerdo con la sociedad colectiva de productores de videogramas, señalado en la ley del artista intérprete y ejecutante.
Según señaló el documento, Inter Artis Perú deberá pagar la multa dentro del plazo de cinco días, contados a partir del día siguiente de notificada la resolución, “bajo apercibimiento de remitirse a cobranza coactiva”.