Un Fideicomiso de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (Fibra) tiene por finalidad la adquisición o construcción de bienes inmuebles que se destinen a su arrendamiento. (Foto: GEC)
Un Fideicomiso de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (Fibra) tiene por finalidad la adquisición o construcción de bienes inmuebles que se destinen a su arrendamiento. (Foto: GEC)
Redacción EC

El Ministerio de Economía y Finanzas () modificó el reglamento de la Ley que otorga incentivos fiscales para promover los Fondos de Inversión de Bienes Inmobiliarios () y Fideicomisos de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (), aprobado mediante un decreto legislativo a inicios de agosto. 

Así, se fijó los incentivos tributarios para promover la inversión en

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Así, las rentas por arrendamientos de bienes inmuebles que se obtengan por el Fibra o Firbi estarán sujetas a una tasa de (IR) de 5%. 

En el caso de redenciones o rescates parciales realizadas antes del cierre del ejercicio, se aplica la tasa de retención definitiva del IR de 5% sobre la renta bruta siempre que los requisitos antes referidos se cumplan desde el 1 de enero del ejercicio hasta el momento de la atribución de las rentas.

De otro lado, la retención definitiva del IR aplicable a los ingresos por servicios obtenidos por el factor o adquiriente de facturas negociables será de 5%. 

FIBRA
Cabe resaltar que este mismo mes se concretó el ingreso del primer Fibra, que captó en su primera colocación US$22,5 millones mediante oferta pública inicial (OPI), la primera en siete años.

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