El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento de la Ley que otorga incentivos fiscales para promover los Fondos de Inversión de Bienes Inmobiliarios (Firbi) y Fideicomisos de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (Fibra), aprobado mediante un decreto legislativo a inicios de agosto.
Así, se fijó los incentivos tributarios para promover la inversión en bienes inmobiliarios.
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Así, las rentas por arrendamientos de bienes inmuebles que se obtengan por el Fibra o Firbi estarán sujetas a una tasa de Impuesto a la Renta (IR) de 5%.
En el caso de redenciones o rescates parciales realizadas antes del cierre del ejercicio, se aplica la tasa de retención definitiva del IR de 5% sobre la renta bruta siempre que los requisitos antes referidos se cumplan desde el 1 de enero del ejercicio hasta el momento de la atribución de las rentas.
De otro lado, la retención definitiva del IR aplicable a los ingresos por servicios obtenidos por el factor o adquiriente de facturas negociables será de 5%.
FIBRA
Cabe resaltar que este mismo mes se concretó el ingreso del primer Fibra, que captó en su primera colocación US$22,5 millones mediante oferta pública inicial (OPI), la primera en siete años.