Un mismo incumplimiento puede derivar en hasta tres multas acumulables: una por no pagar íntegra y oportunamente la gratificación; otra por omitir la Bonificación Extraordinaria; y una tercera si, durante una fiscalización, el empleador incumple los requerimientos formulados por la autoridad inspectiva. Foto: Andina.
Un mismo incumplimiento puede derivar en hasta tres multas acumulables: una por no pagar íntegra y oportunamente la gratificación; otra por omitir la Bonificación Extraordinaria; y una tercera si, durante una fiscalización, el empleador incumple los requerimientos formulados por la autoridad inspectiva. Foto: Andina.
Por Redacción EC

Las empresas que no pagaron la gratificación por Fiestas Patrias hasta el 15 de julio no solo mantienen una deuda con sus trabajadores. Dependiendo del caso, también podrían afrontar intereses legales y hasta tres sanciones independientes durante una eventual fiscalización laboral.

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