El reglamento entra en vigencia a partir de mañana. (Foto: GEC)
El reglamento entra en vigencia a partir de mañana. (Foto: GEC)
Redacción EC

La Presidencia del Consejo de Ministros () publicó el nuevo reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo (Sisac) con la finalidad de que un mayor número de y empleen este mecanismo para la solución de los problemas que puedan surgir entre ellos, indicó el .

El documento fue publicado este miércoles 29 en el diario oficial El Peruano, vía Decreto Supremo N° 103-2019-PCM.



El Sisac fue creado en 2010. Sin embargo, no fue hasta el 2016 que se implementó e inició sus funciones la Junta Arbitral de Consumo Piloto.

Tras la experiencia recogida por la Junta, apuntó el Indecopi, se advirtió la necesidad de modificar el referido reglamento y se empezó a trabajar en uno nuevo, el cual tiene una serie de modificaciones entre las que destacan:

Reduce la tramitación del proceso arbitral de 90 a 45 días hábiles.

Establece la posibilidad de que las Juntas Arbitrales de Consumo puedan constituirse en entidades o personas jurídicas de derecho público, además de los gobiernos locales y regionales.

Crea el Registro Único de Árbitros, a fin de que los consumidores y proveedores cuenten con un padrón de profesionales especializados para resolver sus controversias, independientemente del lugar donde se esté tramitando su arbitraje.

Otorga libertad a las partes para elegir a los árbitros que conformarán el Tribunal Arbitral encargado de resolver su controversia.

Otorga la posibilidad a los proveedores de adherirse de forma limitada al Sistema de Arbitraje de Consumo, de manera que puedan señalar el tipo de controversias y los conceptos indemnizatorios sobre los que está dispuesto a arbitrar.

Este nuevo reglamento entra en vigencia desde el siguiente día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

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